Ayudas a Empresas de la Junta de Andalucía

Ayudas a Empresas

Ayudas a empresas de 3.000€ para aquellas que pertenecen a los sectores del comercio minorista y Hostelería. Si tu empresa se encuentra vinculada a algunos de estos sectores, te informamos a continuación de cómo solicitar esta ayuda.

La Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades será la encargada de gestionarlo.

Ayudas y Subvenciones para las empresas


Una primera ayuda, destinada al sector de la artesanía y la segunda ayuda, beneficia a la hostelería Andaluza. Abarcaría tanto, a las agencias de viajes, como a los alojamientos turísticos y los negocios de restauración.

Los requisitos que  debes cumplir para acceder a estas ayudas a empresas son los siguientes:

  • Empresa Pyme con menos de 250 empleados y facturación anual inferior a 50 millones de euros.
  • El domicilio fiscal debe estar en Andalucía.
  • Documentar la bajada de tus ventas o ingresos a consecuencia del Covid, al menos un 20% respecto al ejercicio del 2019.
  • Debes encontrarte en situación de alta en el impuesto de Actividades económicas, alta en la S.S. de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
  • En el caso del sector de artesanos, estos deben encontrarse inscritos en el Registro de Artesanos de la Junta de Andalucía.
  • Para alojamientos turísticos y agencia de viajes, deben figurar inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía.

La solicitud se gestionará de forma telemática y el ingreso a través de una transferencia bancaria del 100%, una vez publicado en el boja tendrás 30 días naturales para gestionar tu solicitud.

¿Cuál es el procedimiento para la concesión de la ayuda?


Par la gestión de esta ayuda, la junta ha habilitado un portal web para que los solicitantes puedan registrarse y solicitar la misma. El plazo finaliza el 15 de noviembre.

El plazo se articula en dos procesos diferentes:

  • Fase 1: Se rellena el formulario previo, y se autoriza a la Junta de Andalucía y la AEAT a consultar los datos fiscales de la entidad, para el cálculo automático de la subvención aplicable en caso de cumplir los requisitos.
  • Fase 2: Si es positivo la fase anterior, se realiza la consulta automática realizada a la AEAT, en los diez días siguientes a su notificación, la potencial persona beneficiaria deberá presentar un segundo formulario que da inicio al procedimiento administrativo de concesión.

La presentación de solicitudes y, en su caso, la documentación que debe acompañarlas, se realizará exclusivamente por medios electrónicos a través de la Oficina Virtual de la Agencia Digital de Andalucía.

Para ello, deberá disponerse de Certificado Electrónico o firma digital.


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