Compra de una vivienda ¿Quién asume la responsabilidad de pagar las Deudas pendientes como Derramas o Comunidad?
Si estas en proceso de comprar una vivienda, antes debes asegurare de si tiene o no, deudas pendientes. En caso de tenerlas: ¿Quién las paga? Todo depende del acuerdo al que lleguemos con el vendedor, claro esta, si sabemos de la existencia de estas ya que hay casos en los que nos podemos llevar un gran sorpresa.
La adquisición de una vivienda requiere tener en cuenta un sinfín de características y detalles relativos sobre el inmueble que vayamos a adquirir, pero sobre todo es muy importante saber si esta, está libre de cargas. No sólo por la hipoteca que pueda o no tener, si no por la deuda que pueda existir con la comunidad de propietarios.
Si compras una vivienda y tiene deudas con la Comunidad ¿Quién las paga?
El propietario/a de la vivienda, tiene la obligación de proporcionarnos un certificado sobre estado de las deudas, según queda recogido en la Ley 49/1960 de 21 de julio. En caso de que no lo haga, podrás solicitarlo tú como comprador/a y quedarte tranquilo/a de la no existencia de cargas sobre la propiedad.
Según esta Ley de Propiedad Horizontal, si compras una vivienda y tiene deudas pendientes con la Comunidad, serás tú el que debas responder de las mismas. Tanto del año corriente, como de los tres últimos años.
En este caso, no son sólo las cuotas de Comunidad las que tendrías que asumir. Sino que también te correspondería pagar las derramas pendientes de pago, en algunos casos con cantidades muy elevadas, ya que la Ley permite vender una vivienda sin que esta, esté libre de cargas. Así que hay que tener mucho cuidado con esto.
¿Cómo se sabe si una vivienda está libre de cargas?
Posiblemente la forma más sencilla que tienes de saber si la vivienda que vas a comprar tiene o no deudas fiscales, hipotecarias o de embargos, es acudir al Registro y pedir una nota simple del inmueble, o certificado libre de cargas de vivienda. Puedes hacerlo de manera online, mediante la página web del Colegio de Registradores.
Así puedes solicitar una nota simple por internet
- Accede a la web del Colegio de Registradores.
- Haz clic en «solicitar nota simple».
- Deberás poner el nombre del propietario de la vivienda o bien, si no lo sabes, la dirección completa de la misma.
- También te solicitan los datos fiscales de la vivienda, pero no son necesarios.
- Finalmente has clic en solicitar y abona las tasas que son 20,76 Euros.
Sólo tardan un día o dos como mucho. Es importante solicitar el certificado de deuda de la vivienda que se va a comprar, donde conste que el vendedor está al corriente de los pagos habituales, y nosotros evitamos llevarnos una sorpresa.