Declaración de la Renta por Teléfono: Cómo y cuándo hacerla
Desde el 7 de Mayo, la Agencia Tributaria ofrece un nuevo servicio para facilitar la declaración de la Renta por teléfono. A través del plan «Le llamamos», los ciudadanos podrán completar sus trámites fiscales telefónicamente, aprovechando la cita previa.
Este programa estará activo hasta el próximo 1 de julio, ofreciendo una alternativa cómoda para aquellos contribuyentes que cumplan con ciertos criterios fiscales.
Ya puedes realizar la declaración de la Renta por teléfono
El servicio telefónico está diseñado para un grupo específico de contribuyentes:
- Personas con rendimientos del trabajo de hasta 65.000 euros anuales.
- Contribuyentes con rendimientos de capital mobiliario menores a 15.000 euros.
- Aquellos con hasta dos inmuebles alquilados, o dos contratos de alquiler.
- Empresarios/as que tributen en módulos.
- Contribuyentes con ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta.
Además, el plan permite la declaración de la Renta por teléfono, a aquellos que necesiten compensar partidas de ejercicios anteriores o que tengan derecho a deducciones específicas, como la doble imposición internacional o la regularización de cláusulas suelo.
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Requisitos y procedimientos
Para acceder al servicio «Le llamamos», los contribuyentes deben realizar los siguientes pasos:
- Solicitar una cita previa: Esto puede realizarse a través de la página web de la Agencia Tributaria, su aplicación móvil, o llamando directamente a los números proporcionados.
- Estar presente durante la llamada: Es imprescindible que todas las personas incluidas en la declaración, estén disponibles al momento de la llamada.
- Preparar la documentación necesaria: DNI, número de cuenta bancaria, referencias catastrales y justificantes para deducciones son imprescindibles.
Importante:
- El periodo de solicitud va desde el 7 de mayo hasta el 1 de julio.
- Además en el proceso de identificación, los declarantes deben obtener previamente el número de referencia en línea.
Servicio | Número Telefónico |
---|---|
Atención automática | 901 12 12 24 / 91 535 73 26 |
Atención personalizada | 901 22 33 44 / 91 553 00 71 |
Finalmente, es importante entender que si la declaración resulta en un saldo a ingresar, el pago deberá ser domiciliado en una cuenta bancaria.
Esta opción ofrece una manera sencilla de cumplir con las obligaciones fiscales, además sin necesidad de desplazamientos innecesarios.