¿Cómo votar por correo en las Elecciones Generales del 23 de Julio?

Votar por correo
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Si el día 23 de Julio de estas de vacaciones y no puedes ir a votar, siempre tienes la opción de votar por correo, para las Elecciones Generales del 23 de Julio. En concreto, desde el 31 de Mayo se puede solicitar online, y hasta el día 13 del mismo mes, de forma telemática. Además deberás de solicitar el Certificado de Inscripción en el Censo Electoral que te corresponda.

¿Como Votar por Correo para las elecciones Generales del 23 de Julio?


En primer lugar, y como hemos dicho, hay que solicitar el Certificado de tu inscripción en el Censo Electoral que te corresponda. Este certificado es requisito necesario para poder votar por correo. Además de solicitarlo a través de la web de Correos, también puedes solicitarlo de forma presencial en cualquiera de las oficinas de Correos.

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¿Cómo solicitar el voto por correo de forma online?

Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos, de esta manera no tienes que desplazarte. En este modelo de solicitud, para utilizar este sistema debes acreditar tu identidad mediante firma electrónica. Se aceptarán como sistemas de identificación válidos, los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

Solicitud de forma presencial en una oficina de Correos

La solicitud de voto por correo de forma presencial, debe realizarse personalmente, salvo caso de causa mayor, que será acreditado legalmente. En este caso la presentará otra persona autorizada notarialmente, o a través del consulado.

En el mismo momento en que presentes la solicitud, deberás acreditar tu identidad, presentando ante el empleado de la oficina postal tu DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Para este trámite, podrás solicitar cita previa, a través de su web.

¿Cuáles son los plazos para votar por correo?


Lo puedes solicitar desde el pasado 31 de Mayo y hasta el día 13 de Julio, en cualquier oficina de Correos.

Por otra parte, y una vez solicitado, este organismo entregará todas las solicitudes recibidas en las correspondientes Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral.

A partir del día 3 de Julio, estas delegaciones censales, remitirán a todos los que han solicitado el voto por correo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el su derecho al voto.

Esta documentación la enviarán al domicilio que se reflejó en la solicitud. No importa que sea o no, tu domicilio habitual. Esta se remitirá a partir del día 3 de Julio y hasta el 16 de dicho mes.

Por último, recordad si vas a votar por correo, el último día que tienes para hacerlo es el 19 de Julio de 2023.

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