¿Qué pasa con el IMV si me toca la Lotería de Navidad?

IMV y Lotería de Navidad
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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) cumple en unos días tres años de existencia, y son muchas las familias que se benefician de él. Muchos de estos beneficiarios se preguntan qué sucedería con la prestación si les toca el Gordo de la Lotería de Navidad.

La ayuda del IMV nace con el propósito de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de personas en situación de vulnerabilidad. Su objetivo es garantizar una renta mínima, que cubra sus necesidades básicas, ya sea que vivan solas o tengan responsabilidades familiares.

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¿Sigo cobrando el IMV si me toca la Lotería de Navidad?


Como todas las ayudas y prestaciones, es necesario cumplir con una serie de requisitos establecidos. El incumplimiento de estos podría llevar a la Seguridad Social a rechazar la solicitud, o incluso a retirar la prestación concedida previamente.

Uno de estos requisitos en no superar cierto nivel de rentas, que varía según esté conformada la Unidad de Convivencia. Así las cantidades máximas son las siguientes:

Unidad de convivencia Límite anual de rentas
Un adulto solo6.773,04
Un adulto y un menor10.300,99
Un adulto y dos menores11.846,13
Un adulto y tres o más menores13.623,04
Dos adultos8.808,40
Dos adultos y un menor12.470,32
Dos adultos y dos menores14.810,98
Dos adultos y tres o más menores14.914,48
Tres adultos10.843,76
Tres adultos y un menor 12.879,12
Tres adultos y dos o más niños14.914,48
Cuatro adultos12.879,12
Cuatro adultos y un niño14.914,48

Por otra parte, las cantidades a cobrar por esta prestación oscilan entre los 565 euros y los 1.244 euros. Si tienes la suerte de tener uno de los décimos premiados, estarás obligado/a a rendir cuentas con Hacienda. De esta manera los ingresos anuales de tu unidad de convivencia, se verán altamente modificados.

¿Me pueden quitar el IMV si me toca el Gordo de la Lotería de Navidad?

Si eres beneficiario de IMV y la fortuna te sonríe con el Gordo de la Lotería de Navidad, es importante que tengas en cuenta un detalle clave: mantener tu IMV puede depender de cómo gestiones ese premio.


Y es que tienes la obligación de informar a la Seguridad Social sobre este premio en un plazo máximo de 30 días. Al hacerlo, la Seguridad Social dejará de abonar la prestación del mes en que recibiste el premio.

Según las reglas del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, para seguir recibiendo el IMV, es imprescindible que no sobrepases no los límites establecidos de ingresos y patrimonio.

Si ganas el Gordo, implica en términos del IMV, una especie de «parón temporal» ya que el premio de la Lotería de Navidad se considera un ingreso puntual y no recurrente, es decir sólo lo cobras una vez. De esta manera perderás el IMV sólo durante el mes en que recibas el dinero del premio de la Lotería de Navidad.

Una vez pasado el mes del premio, podrás solicitar nuevamente el Ingreso Mínimo Vital. Así, si el premio es tan grande que tus ingresos y patrimonio cruzan el límite, tendrás que tomar cartas en el asunto. En este caso, deberás gestionar la suspensión de tu prestación del IMV.