¿Puedo cobrar el paro si he dejado mi puesto de trabajo de forma voluntaria?
Cuando nos damos de baja voluntaria en un trabajo perdemos el derecho de solicitar la prestación contributiva por desempleo (el paro). Todo el que hayamos acumulado con las cotizaciones durante el tiempo que hemos estado trabajando. Además cabe la posibilidad de no percibir indemnización alguna por esta causa.
Aviso del SEPE; así puedes solicitar el paro sin cita previa
¿Me pueden embargar el paro o el subsidio por desempleo?
¿Cómo puedo dar de baja el paro y así no devolver el cobro indebido de la prestación?
¿Cuándo dejó un trabajo tengo derecho a paro?
Al darnos de baja voluntaria en un trabajo no tendremos derecho a paro o subsidio . Estas prestaciones van dirigidas a personas que pudiendo y queriendo trabajar no tienen un empleo o no encuentran un trabajo adecuado.
Para poder solicitar la prestación contributiva por desempleo es necesario encontrar un nuevo empleo y que la extinción de este no sea por una baja voluntaria del trabajador. Tampoco puede darse el caso de abandono del puesto de trabajo o un periodo de prueba no superado imputable al trabajador.
El tiempo que debe de transcurrir en el nuevo empleo para poder solicitar el paro será un mínimo de tres meses , aunque en algunas situaciones este tiempo podrá ser reducido.
Pues bien, para que puedas cobrar el paro o subsidio deberás de estar en situación legal de desempleo, esta situación se da cuando el trabajador es despedido o termina su contrato de trabajo y este no es renovado.
Pero existen excepciones en las que si abandonas el puesto de trabajo de manera voluntaria tendrás derecho a la prestación contributiva por desempleo o paro, así viene recogido en la Ley de la Seguridad Social en el artículo 267.1
- Modificación sustancial del puesto de trabajo.
- Acoso laboral.
- Movilidad Geográfica.
- Reducir la jornada laboral y con ello la reducción del salario del trabajador.
El trabajador podrá irse voluntariamente y tener derecho a paro o subsidio cuando los cambios son llevados a cabo por la empresa o surgen motivos de fuerza mayor que justifiquen la baja voluntaria.
¿Qué derechos tengo si pido la baja voluntaria?
Cuando un trabajador se da de baja voluntaria en su puesto de trabajo, perderá el derecho de recibir la indemnización por despido que le corresponde por el tiempo trabajado en la empresa. Por otro lado, si has dejado de trabajar de manera no voluntaria si tendrás derecho a un finiquito por parte de la empresa aunque pueden descontarse la parte proporcional, en el caso de que no se avise con la antelación requerida.
Antes de firmar el finiquito es importante revisar que la empresa no nos ha dejado ningún salario pendiente de abonarnos, en ese caso deberemos de firmar el finiquito como no “conforme”. Si hemos decidido irnos de la empresa, deberemos de avisar con la antelación que en su caso requiera, de no ser así la empresa nos podrá reclamar una indemnización por daños y perjuicios. Por norma general el empresario suele descontar esta indemnización del finiquito o del salario pendiente por los días de preaviso incumplidos.
¿Qué pasa si no voy a firmar la baja voluntaria?
En muchas ocasiones cuando empezamos un nuevo trabajo, la empresa nos exige firmar a la misma vez una baja voluntaria como condición para ser contratados, esta situación es rotundamente ilegal y no deberemos de acceder. La baja voluntaria sólo deberá firmarse cuando el trabajador decida por decisión personal que quiere abandonar el trabajo, sin ninguna condición previa.