¿Cuánto se cotiza a la Seguridad Social trabajando a media jornada?

cotizaciones media jornada
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Las cotizaciones a media jornada, se computan como un día completo para el derecho a la prestación por desempleo. Así, trabajar media jornada cuenta como jornada completa para cobrar el paro.

Por otro lado, los trabajadores a tiempo parcial tienen los mismos derechos que aquellos con una jornada completa. Sin embargo, su salario y días de vacaciones se calculan en proporción a las horas trabajadas.

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Cotizaciones a media jornada


Las condiciones de acceso al paro y al subsidio de desempleo son iguales para todos los trabajadores, así las cotizaciones por media jornada, también se consideran como jornada completa desde octubre de 2023.

Cálculo de Cotizaciones

A partir del 1 de octubre de 2023, los contratos a media jornada se equiparan a los de jornada completa para los plazos de cotización a la Seguridad Social.

Esto es independiente del número de horas trabajadas.

AspectoDetalle
CotizaciónSe computa como día completo
PrestacionesAcceso a incapacidad permanente y jubilación
AplicaciónRetroactiva a períodos cotizados antes de octubre de 2023
ExclusiónNo aplica a quienes ya reciben pensión o prestación

Esta medida retroactiva no beneficia a quienes ya cobran una pensión de jubilación o prestación de la Seguridad Social, si cotizaron en algún momento por media jornada.

Así mismo, la cuantía de las pensiones no se modifica con esta medida. La base reguladora sigue dependiendo de lo cotizado.

La equiparación influye en el tiempo de trabajo necesario para generar derecho a la pensión, no en su cuantía.



¿Cómo se refleja en el informe de Vida Laboral?


En el informe de vida laboral, los días cotizados siguen reflejando la jornada real trabajada. La equiparación afecta únicamente al periodo de carencia.

Sin embargo, en el portal «Tu Seguridad Social» se pueden ver los días cotizados considerando la equiparación, lo cual facilita la simulación de la jubilación.