Multas de hasta 200.000 euros si tienes una “mascota que ya NO es mascota”

Ley de Bienestar Animal
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La nueva Ley de Bienestar Animal, trae entre sus normas un listado de mascotas que aunque hoy son legales, cuando se apruebe la Ley, pasarán a no serlo. Según la responsable de esta Ley, se orienta para hacer frente al maltrato animal, el sacrificio y el abandono de los animales. Con este motivo, se obliga a la población a cumplir con dichos pilares. 

¿Cuándo entrará en vigor esta nueva Ley de Bienestar Animal?


La Ley 9/2022 de 30 de junio, de Protección de los animales domésticos fue publicada el 17 de agosto del 2022 y está en vigor desde el pasado 18 de agosto del mismo año. La norma establece que todo animal que quede incluido en la lista de permitidos, debe pertenecer a una especie que sea fácil de atender en cuanto a su ambiente, su comportamiento y sus necesidades fisiológicas.

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Será también necesario que haya datos científicos sobre el comportamiento de la especie en cautividad, que no suponga un riesgo para las personas por su agresividad y que no exista ningún indicio de que si el animal se escapa, o se abandona, pueda colonizar hábitats y causar daños.

Fue el Consejo de Ministros quien hizo la actualización del Catálogo español de especies exóticas invasoras. Aquí informaban que uno de los principales motivos por el que se actualizaba esta lista era para preservar el medio ambiente. Aun así, se prevé que este catálogo vaya sufriendo modificaciones, por lo que si tienes un animal que no sea un perro o un gato, deberás ir comprobando periódicamente si tu mascota sigue siendo legal o no. 

Pero ¿Qué dice la Ley de Bienestar Animal?


Algunas de las normas de esta Ley de Bienestar Animal, ya han sido aprobadas, como por ejemplo el considerar al animal como “ser sintiente” en lugar de “cosa”.

Otra de las claves de esta Ley es el considerar a la mascota o “ser sintiente”, como si de un hijo se tratase, en caso de separación o divorcio, con la custodia del mismo. Al no ser considerado como una cosa o un inmueble, tampoco se podrá embargar en caso de desahucio.

Si tengo un perro ¿A que estoy obligado?


Para ser claros y no dar lugar a errores, citamos textualmente el artículo 34.2 sobre la tenencia de los animales de compañía en lugares públicos y que dice:

«Las personas titulares o, en su defecto, los responsables de la tenencia de animales de compañía que habitualmente permanezcan en espacios abiertos y convivan o puedan relacionarse con otros animales de la misma especie y distinto sexo, estarán obligados a su esterilización».

Así, si tienes varios perros de distinto sexo que conviven contigo estarás obligado por la Ley a castrarlos, en caso de machos, o esterilizarlas en caso de hembras, para evitar embarazos. Igual sucede si lo que tienes son gatos. Si vas a adoptar a un perro o a un gato, deberá estar ya, obligatoriamente, esterilizado. 

En el caso de que adoptes un cachorro y no esté esterilizado, deberás firmar un compromiso de esterilización del animal. 

¿Qué me puede pasar si tengo una de esas mascotas?


Entre las mascotas «prohibidas» podremos encontrar algunas como erizos, hámster, cerdo vietnamitas, serpientes, tortuga de la península, periquitos, roedores de compañía y un largo etc. Así, tener un animal de estos podría conllevar a multas de hasta 200.000 euros e incluso penas de prisión de hasta 36 meses

Algunas de esas mascotas se encuentran incluso en el ranking de mascotas más populares en España, pero desde marzo del año 2019 su tenencia es ilegal. Si ya tienes algún animal de estos, deberás de ponerte en contacto con la autoridad medioambiental competente en tu Comunidad Autónoma e informar de la especie que tienes y podrás conseguir una autorización para que lo tengas hasta que se muera. 

También deberás comunicarlo al Comité Técnico y Científico para la Protección de los Animales, que determinará si dicha especie, forma parte o no del listado de animales permitidos.

¿Cuáles son los animales que ya NO son mascotas?


De acuerdo con las premisas marcadas en esta nueva Ley de Bienestar Animal, los animales que a partir de ahora no podrán ser mascotas son:

  • Conejos y roedores:
    • Hámsteres.
    • Conejos.
    • Chinchillas.
    • Cobayas.
  • Tortugas.
  • Arañas.
  • Erizo:
  • Cerdo vietnamita.
  • Reptiles tóxicos:
    • Iguanas.
    • Camaleón.
    • Serpientes.
    • Geckos.
    • Otros reptiles en las categorías de especies no autóctonas.
  • Aves
    • Periquitos.
    • Cotorras.
    • Agapornis.

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