La Seguridad Social Avisa: Revisión y Retirada de algunas Pensiones por Incapacidad Permanente

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La Seguridad Social en España ha puesto en marcha una serie de cambios para la revisión de más de un millón de Pensiones de Incapacidad Permanente, como parte de su proceso de reforma anual.

Aunque ya conocemos que este próximo año 2024 las pensiones subirán entre el 3,8% y el 14% las de viudedad, es crucial entender que la Seguridad Social tiene la facultad de retirar esta prestación en ciertos casos. Aquí te explicamos los motivos y escenarios más comunes, que podrían llevar a la retirada de la pensión de incapacidad permanente.

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Pensiones Incapacidad Permanente: Motivos de revisión


La medida busca garantizar la sostenibilidad y equidad del sistema de prestaciones. Sin embargo, es esencial considerar el impacto en los beneficiarios y adoptar medidas para mitigar efectos negativos, especialmente para los más vulnerables. La Seguridad Social tiene la potestad para retirar una pensión por Incapacidad Permanente. En este contexto, se dan varios motivos por los que le pueden llevar a tomar esa decisión:

  • Que mejore tu Salud: Una mejora notoria en tu salud, evidenciada durante revisiones médicas periódicas puede desencadenar la retirada de tu pensión.
  • Que vuelvas a trabajar: Si vuelves al ámbito laboral, incluso en una ocupación diferente, la pensión puede retirarse si los ingresos superan ciertos límites establecidos.
  • Llegar a la edad para Jubilarte: La pensión por incapacidad permanente se convierte automáticamente en una pensión de jubilación, cuando alcances la edad legal de jubilación.
  • Fallecimiento del Beneficiario: La retirada es inmediata en caso de fallecimiento del beneficiario.



Tipos de Incapacidad Permanente


Estos son los tipo de Incapacidad permanente:

  • Incapacidad Permanente Parcial: Disminución no inferior al 33% en el rendimiento habitual, pero aún capaz de realizar tareas laborales habituales.
  • Incapacidad Permanente Total: Incapacidad para realizar las tareas fundamentales de la profesión actual, pero capacidad para otra de naturaleza diferente.
  • Incapacidad Permanente Absoluta: Total inhabilitación para cualquier tipo de trabajo, incluso no relacionado con la profesión original.
  • Gran Invalidez: Requiere ayuda para actividades básicas diarias.
  • Incapacidad Permanente en Grado de Gran Invalidez: Similar a la gran invalidez, pero la causa no está relacionada a un accidente laboral o enfermedad profesional.