Jubilación anticipada para los SANITARIOS: ¿Hay contratos relevo?
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Tras un año ya, en que se inicia las conversaciones sobre la Jubilación anticipada de los Sanitarios, entre Seguridad Social y el Ministerio de Hacienda, queda sin confirmar si este colectivo de médicos y enfermeras, cumple con los coeficientes reductores sobre siniestralidad, penosidad, peligrosidad o toxicidad, en relación con su actividad laboral, continuando el silencio administrativo.
¿Qué condiciones se tienen que dar, en su trabajo, para la jubilación a los 60 años?
Diferentes estudios demuestran que los trabajadores sanitarios tienen una elevada incidencia de problemas de salud, directamente relacionada con su actividad laboral, ya que existen riesgos de toxicidad, biológicos y los que producen entornos contaminantes e insalubres en el ejercicio, de su actividad laboral.
A estos datos les unimos la carga psíquica, que en muchas ocasiones se acumulan en situaciones extremas. Estas situaciones se han visto agravadas, en extremo, con la pandemia por el Covid-19, convirtiéndose la anticipación en la edad de jubilación en una prioridad para los sanitarios.
¿Llevará una rebaja en la cuantía de la Jubilación anticipada de los Sanitarios, si esta se produjese a los 60 años?
Con el paso, dado por el ministerio de Hacienda, el de Ministro de inclusión, Seguridad Social y Migraciones se compromete a estudiar que este colectivo de médicos y enfermeros puedan terminar su actividad laboral a los 60 años de edad, sin que ello lleve asociado una pérdida económica en la acuantia de su pensión.
Esto se vería justificado, por el hecho de que este personal, médicos y enfermeras, realizan guardias, lo que supone en cualquiera de ellos, que unas cotizaciones de 30 años equivaldría a 40 años en cualquier otro colectivo, por lo que esa jubilación anticipada no tendría ninguna repercusión negativa en la retribución de la pensión.
¿Llevara asociada la Jubilación anticipada de los Sanitarios la creación de contratos relevo?
Se abre así una negociación entre la Mesa de Función Pública y la Seguridad Social para modificar el Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), para blindar todos los requisitos necesarios para la Jubilación anticipada de los sanitarios, con los contratos relevos, necesarios para su ejecución.
La negociación de estas medidas, que quiere implantar el Gobierno, en cuanto a la jubilación anticipada de los profesionales del SNS, se han incorporado dentro del paquete de los derechos laborales de los empleados públicos, en la negociación sobre “la subida salarial de los funcionarios“, con el objetivo de dar respuesta a estas reivindicaciones, apoyadas por los sindicatos, para revalorizar y actualizar los sueldo en un 9,5% en los próximos tres años.
Así también se ha insistido en la necesidad de habilitar normativamente, una formula de jubilación que conlleve los necesarios contratos relevo, entrando esta materia, dentro de los que el ejecutivo se ha comprometido a negociar.
¿Qué más motivos justifican la jubilación anticipada de los Sanitarios?
Como es sabido, el trabajo realizado en modo de turnos rotatorios, perjudica de forma importante la salud de los trabajadores, por lo que este es otro de los motivos que justifican el anticipo en la edad ordinaria de jubilación.
Para estas determinaciones que fundamenten los coeficientes reductores, la normativa establece la realización de estudios sobre dichos factores como la siniestralidad, la penosidad, peligrosidad y toxicidad en las condiciones del trabajo ya que estos factores inciden en los procesos de incapacidad laboral de los trabajadores.
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