Nueva ayuda de la Seguridad Social: Requisitos y cómo solicitarla
Esta ayuda entra en vigor el 1 de enero de 2022, ofrecida por la Seguridad Social y tiene como finalidad ayudar a aquellas familias con hijos menores y rentas bajas.
Se trata de una asignación mensual para la que se necesitará cumplir con una serie de requisitos. Esta cantidad varía según la edad que tenga el menor y viene a sustituir la llamada ayuda de los puntos.
¿Qué es el complemento de ayuda a la infancia?
Este complemento es una de las novedades que se incluyen en la Ley del Ingreso Mínimo Vital, publicada en el BOE del pasado 21 de diciembre y que entra en vigor el 1 de enero de 2022, siendo un instrumento clave para la lucha contra la pobreza infantil.
Este complemento de ayuda a la infancia, se podrá cobrar aunque no se esté percibiendo el IMV, ya que está destinado a familia con rentas bajas y con hijos a su cargo.
Requisitos para solicitar el Complemento de Ayuda a la Infancia
Según la Seguridad Social “pueden tener derecho a este complemento las unidades de convivencia que incluyan menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del Ingreso Mínimo Vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto”:
- El 300% de la renta garantizada del IMV para su tipo de hogar.
- El 150% del umbral de patrimonio neto correspondiente a su tipo de hogar.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el IMV?
De forma resumida te mostramos los requisitos necesarios para acceder a este Complemento:
- Tener al menos 23 años o 18 si se tienen menores a cargo y no cobrar pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente.
- Tener al menos un año de residencia en España.
- Tener formada la unidad familiar desde hace al menos un año.
- Haber solicitado previamente las prestaciones a que se tiene derecho.
- Estar inscritos como demandantes de empleo.
- Estar en situación de vulnerabilidad económica. Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el Ingreso Mínimo Vital.
Cuantía del Complemento de Ayuda a la Infancia
Esta cantidad varía en función de la edad del menor y será en este año de 2023 y tras la subida del 15%, como en el caso del IMV, en las siguientes cantidades:
- 115 euros al mes: por cada hijo menor de 3 años.
- 80,50 euros al mes: por cada hijo de entre 3 y 6 años de edad.
- 57,50 euros al mes: para menores de entre 6 y 18 años de edad.
La edad será la correspondiente a la que el menor tenga el día 1 de enero del correspondiente ejercicio.
¿Cómo solicitar esta ayuda de la Seguridad Social?
Podrán recibir este complemento, sin necesidad de presentar ninguna solicitud, ya que se otorgará de oficio:
- Los actuales perceptores del IMV.
- Los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.
- Los beneficiarios de la prestación de protección familiar o asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33, cuya unidad de convivencia esté constituida exclusivamente por los miembros que figuren en el expediente de la prestación por hijo a cargo, siempre que cumplan con las condiciones necesarias para el acceso al complemento de ayuda a la infancia.
En estos tres supuestos, se reconocerá de oficio por el INSS, en aquellos expedientes que cumplan con todos los requisitos.
Para saber si tienes derecho a este Complemento de Ayuda a la Infancia podrás hacerlo desde casa utilizando el mismo simulador habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para saber si tienes derecho a percibir el IMV y al que puedes acceder en este enlace. Sólo deberás responder a unas sencillas preguntas.