Renta 2023-2024: ¿Qué pasa si la declaración me sale a pagar pero no estoy obligado a presentarla?

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La Campaña de la Declaración de la Renta 2023-2024 arrancó el pasado 3 de abril, un proceso anual donde los contribuyentes en España debemos ajustar cuentas con el fisco sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y en el que todos los años nos surgen distintas dudas, como por ejemplo, qué pasa si la declaración me sale a pagar pero no estoy obligado a presentarla.

No obstante, no todos estamos obligados a declarar. La Agencia Tributaria ha delimitado unos umbrales específicos que determinan quién debe o no, presentar esta declaración.

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¿Qué pasa si no estoy obligado a presentar la declaración de la Renta y me sale a pagar?


La Agencia Tributaria establece criterios claros, para eximir a ciertos contribuyentes de la declaración:

  • Rendimientos del Trabajo: Los que perciban hasta 22.000 euros anuales, de un solo pagador están exentos. El límite se reduce a 15.000 euros, para quienes tengan más de un pagador.
  • Rendimientos del Capital Mobiliario y Ganancias Patrimoniales: Declaración obligatoria si superan los 1.600 euros.
  • Rentas Inmobiliarias Imputadas: El límite está establecido en 1.000 euros.

Estos umbrales aplican tanto para declaraciones individuales, como conjuntas. Así mismo es importante destacar que las rentas exentas, como ciertas prestaciones por desempleo, no cuentan para estos límites.

Aquellos que no superen estos límites, podrán optar por no presentar la declaración de la Renta, incluso si el resultado les sale a pagar.



Errores más comunes al hacer la Renta


Es importante revisar el borrador de la Renta, disponible en la web de la Agencia Tributaria, antes de presentar la declaración.

Los contribuyentes deben asegurarse de que todos los datos son correctos, para evitar errores que puedan traer consecuencias legales.

Estos son algunos de los errores más comunes al hacer la declaración de la Renta:

  • Errores en el número de cuenta bancaria.
  • Cambios en el estado civil, número de miembros de la familia o situaciones de discapacidad.
  • Actualizaciones del domicilio fiscal.
  • Deducciones autonómicas no comunicadas que la Hacienda no verifica automáticamente.
  • Rendimientos de bienes inmuebles en régimen de alquiler.
  • Transacciones de venta de acciones.
  • Aportaciones a planes de pensiones.
  • Cuotas pagadas a partidos políticos, colegios profesionales, organizaciones sindicales u otras asociaciones sin ánimo de lucro.
  • Donaciones realizadas.
  • Evaluación de si conviene más la declaración individual o conjunta.