16 Tipos de Familia que contempla la Ley y las Ayudas a las que tienen derecho

16 tipos de familia
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El Ministerio de Derechos Sociales, ultima una Ley de Diversidad Familiar y de Apoyo a las Familias, la cual se quiere aprobar este próximo martes en el Consejo de Ministros. Esta Ley pretende ampliar derechos y otorgar ayudas económicas, a la vez que prohíbe que los padres limiten el acceso de sus hijos a actividades escolares que “difundan la diversidad familiar”.

¿Cuál es el objetivo de la ley con 16 tipos de Familia?


Esta Ley que aún no ha sido aprobada y que ya ha generado bastante controversia, reconoce hasta 16 tipos diferentes de núcleos familiares, que nombra con términos nuevos que no están ni reconocidos en la Real Academia Española (RAE). Todo lo que implique mejora en derechos y ayudas a aquellas familias necesitadas, son recibidos con buenos ojos, aunque ciertas organizaciones que defienden a las familias numerosas y las que trabajan con madres que educan en solitario a sus hijos, lamentan el que desde el Ministerio, no se les haya consultado, principalmente para transmitir las necesidades de sus colectivos.

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Si el objeto de la Ley es detectar qué necesidades tienen las familias y diseñar medidas específicas para proteger a las que lo requieren y comparten una serie de características, no se llega a entender el porque de tantas clasificaciones, principalmente en función del sexo o género, ya que el objeto de la Ley se diluye con tantos tipos o formas.

Ayudas y derechos reconocidos a los 16 tipos de familia de la nueva Ley


La ley que se pretende aprobar la semana que viene, reconoce estas ayudas y beneficios:

  • Permiso retribuido para cuidar de familiares o convivientes. La ley en principio planteaba que fuese de siete días al año, ampliable a nueve si era necesario desplazarse a otra comunidad, pero finalmente, tras largas negociaciones con Hacienda, ha quedado en cinco días.
  • Ampliar a seis meses los permisos de maternidad y paternidad.
    • Se plantea «un marco estatal de acompañamiento y apoyo a los primeros 1.000 días para garantizar un buen comienzo en la vida a todas los niños».
  • Las familias monoparentales con dos hijos menores de 26 años, tendrán los mismos beneficios que las familias numerosas, tales como:
    • Ayuda de 1.200 euros anuales o 100 euros al mes por familia numerosa de 3 hijos.
    • Derechos de preferencia para conseguir becas.
    • Bonificaciones del 20% o el 50% en las tarifas de transporte o en los precios de museos.
    • Acceso a ayudas financieras.
    • Preferencia en el acceso a viviendas protegidas.
    • Bono social para pagar la luz.
  • Otro aspecto a destacar es que con esta ley, tendrán la misma consideración de hijos aquellas personas que se encuentren en situación de tutela, acogimiento familiar permanente, o guarda con fines de adopción, legalmente constituidas.
  • Esta ley también beneficiará a las personas no nacidas en España porque basándose en criterios territoriales y no personales, como la nacionalidad, todo aquel que resida en España, puede optar a los beneficios y ayudas de la esta ley.
  • Proveer de un NIE a todos los niños y niñas cuyos progenitores se encuentren en situación irregular.
  • Con respecto a la población penitenciaria, la Ley quiere garantizar «el mantenimiento de las relaciones familiares de la población penitenciaria con sus parejas, hijas/os y otros familiares y allegados» a través de la inclusión de módulos para madres o padres con menores de 3 años.

Según los cálculos realizados por el Ministerio de Derechos Sociales, y tal y como reflejan en la memoria de impacto normativo, la ley costará unos 628.000.000 de euros.

¿Cuáles son las catalogaciones que se hace en esta nueva Ley de Familias?


Estos son los 16 tipos de familia establecidos en la Ley.

  • Familia biparental. Formada por dos personas unidas por matrimonio o pareja de hecho y sus descendientes o menores de edad bajo su tutela.
  • Familia monomarental o monoparental. Aquellas familias formadas por un solo progenitor y sus descendientes.
  • Familia joven. Formada por menores de 29 años y sus descendientes.
  • Familia LGTBI homomarental y homoparental: parejas homosexuales y sus descendientes.
  • Familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza. Se refiere a familias numerosas y demás supuestos establecidos en la legislación vigente.
  • Familia múltiple. Aquella que incluye descendientes, adopciones o acogimientos múltiples.
  • Familia reconstituida. Formada por miembros que tenían hijos de relaciones anteriores.
  • Familia inmigrante. En la que todos sus integrantes proceden de otro país.
  • Familia transnacional. En la que alguno de sus integrantes residen fuera del país.
  • Familia intercultural. Entre personas de entornos culturales o étnicos diferentes.
  • Familia en el exterior. Uno de los miembros tiene la nacionalidad española durante su residencia en otro país.
  • Familia retornada. Alguno de sus miembros tiene la nacionalidad tras su retorno a España después de residir en el extranjero, al menos, un año.
  • Familia en situación de vulnerabilidad. En donde confluyen factores económicos o sociales en riesgo de exclusión.
  • Personas unidas en matrimonio.
  • Parejas de hecho.
  • Personas solas.

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