El aviso de Hacienda si recibes en Julio «La Carta del Miedo»

la carta del miedo de Hacienda
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En los próximos días Hacienda comenzará a enviar su famosa «Carta del Miedo«. El último día para presentar la Declaración de la Renta en España, ha sido el 30 de Junio. Sin embargo, si el resultado de tu Renta ha sido positivo, es decir, eres tú quien debe abonar al fisco, debes tener en cuenta, que la fecha límite para ingresar fue el 27 de junio, tal y como advierte la Agencia Tributaria.

¿Qué son las cartas del miedo de Hacienda?


La Carta del Miedo de Hacienda, puede generar ciertas inquietudes relacionadas con posibles fraudes. La realidad es que estas, representan una advertencia para aquellos contribuyentes que se olviden de domiciliar el pago del IRPF, dentro del plazo establecido. Pueden además, acarrear sanciones considerables, que oscilan entre el 5% y el 150%.

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Es esencial que tengamos en cuenta esta obligación tributaria, y cumplir con los plazos establecidos para evitar inconvenientes y posibles consecuencias económicas. Domiciliar el pago del IRPF, es una medida cómoda y automática, que nos evitan retrasos que podrían acabar en sanciones y cargos adicionales.

Además, es importante que revisemos los datos proporcionados en la declaración de la renta garantizando así, su exactitud y evitando las temidas sanciones. De este modo se evitan errores que puedan derivar en inspecciones o requerimientos como la «Carta del Miedo» por parte de la Administración Tributaria.

¿Cómo evitar estos errores y retrasos?


La Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes, diversos recursos y herramientas que facilitan el proceso de Declaración de la Renta, como el uso de plataformas digitales y la asistencia telefónica. Aprovechar estos recursos y mantenerse al día con las obligaciones fiscales, contribuye a mantener una relación transparente con la Administración y evitar complicaciones innecesarias.

La «Carta del Miedo» enviada por Hacienda es una advertencia para aquellos que no domicilien el pago del IRPF a tiempo. Motivo por lo que es crucial, prestar atención a esta obligación tributaria y tomar las medidas necesarias para cumplirla adecuadamente.

¿Cuál es la sanción por presentar la Declaración de la Renta fuera de plazo si has recibido la «Carta del Miedo»?


Desde la asesoría fiscal online TaxDown, colaboradora oficial de la Agencia Tributaria, nos explican las posibles consecuencias de presentar la declaración fueras de plazo.

  • Si la declaración es a pagar y no hemos recibido ningún requerimiento por parte de Hacienda, la multa dependerá del tiempo que tardemos en presentarla. En este sentido, si se envía en el mes de julio, se aplicará un interés del 1% más otro 1%, por cada mes completo de retraso. Por lo tanto, es fundamental realizar la declaración lo antes posible para evitar que los intereses sigan aumentando.
  • En caso de que se haya notificado al contribuyente, la demora a través de las conocidas «Cartas del Miedo»de Hacienda, la penalización puede oscilar entre el 50% y el 150% de la cantidad correspondiente. Además, este importe puede aumentar si Hacienda considera que ha sufrido un perjuicio económico o ha pasado más de una vez.
  • Por otro lado, existen personas a las que les corresponde una devolución y no presentan la declaración, ya sea por desconocimiento o descuido. Esta práctica también conlleva una sanción, que puede llegar a ser de hasta 100 euros, si Hacienda no nos requiere y de hasta 200 euros si recibimos una carta por parte del organismo fiscal.

¿Qué sanción tengo si no ha pagado el IRPF en el plazo establecido?


Otra de las situaciones, por las que podemos recibir la Carta del Miedo de Hacienda, se produce cuando hemos presentado nuestra Declaración de la Renta dentro del plazo establecido, pero no hemos realizado el pago correspondiente. Esto puede ocurrir por diversos motivos, como errores en nuestros datos bancarios, o la falta de fondos suficientes para completar la transacción.

Si tomamos la iniciativa y pagamos voluntariamente, una vez nos percatamos de nuestro error, el recargo aplicado será del 5% sobre la cantidad adeudada. Sin embargo, si recibimos la notificación de la «Carta del Miedo» por parte de Hacienda, la sanción puede oscilar entre el 10% y el 20% del importe total.

Es importante tener en cuenta que la Agencia Tributaria tiene un plazo de hasta cuatro años, para informarnos sobre posibles errores en nuestra declaración. Por lo tanto, es esencial mantenernos atentos y corregir cualquier irregularidad en el pago lo antes posible.

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