Ayuda por hijo a cargo: ¿Desaparece la Ayuda de los Puntos?
Esta ayuda por hijo a cargo, la podía solicitar cualquier familia que tuviese al menos un hijo menor, o mayor de edad con una discapacidad del 65%. En la actualidad esta ayuda queda incluida en el Ingreso Mínimo Vital.
Y es que con la llegada del complemento de ayuda a la infancia, que reconoce de oficio la Administración al percibir el Ingreso Mínimo Vital, también se han permutado de oficio el cobro de los puntos junto con la ayuda a la infancia.
Nuevo Complemento de ayuda a la Infancia
El Ingreso Mínimo Vital ha ido modificándose desde 2020, en que entró en vigor, para hacerlo más accesible a las personas vulnerables, a quien está destinado. En unas de estas modificaciones se añade el complemento a la infancia, que se puede pedir también de forma independiente al Ingreso Mínimo Vital.
La cantidad a percibir de este complemento, con la subida del 2023 ha quedado de la siguiente manera:
- 115 euros por cada menor de 3 años, mensuales.
- 80,50 euros de 3 a 6 años, al mes.
- 57,50 euros de 6 a 18 años al mes.
Ayuda por Hijo a Cargo VS Complemento a la infancia
Anteriormente podían solicitar la ayuda familiar por hijo a cargo cualquier tipo de familia que reuniese los requisitos. En la actualidad esta ayuda está prácticamente integrada en el IMV, con el nombre de Complemento de ayuda a la infancia.
Desde enero de 2023 ya no se aceptan nuevas solicitudes de Ayuda por hijo a cargo, a no ser que en el hogar exista un hijo menor de 18 años, afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 33%, o mayor de dicha edad, cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65%.
Así las familias que están percibiendo la ayuda por hijo a cargo, seguirán percibiendo dicha prestación, siempre y cuando mantengan los requisitos que les dieron acceso y mientras no soliciten el Complemento a la Infancia o se le conceda este último este último de oficio, ya que ambas ayudas son incompatibles.
El Complemento de ayuda la Infancia se trata de un plus económico mensual a la prestación del Ingreso Mínimo Vital, o de forma individual, en los casos en los que existan menores en la unidad familiar. La cantidad por el complemento a la infancia es superior al de la ayuda por hijo a cargo y además se cobra mensualmente, en lugar de cada semestre.
Esta prestación por hijo a cargo, se cobra semestralmente excepto si hay alguna persona con discapacidad, en cuyo caso el abono será mensual. Así, si por hijo a cargo se cobra 341 euros anuales, en el complemento de ayuda a la infancia cobrarías 57,70 mensuales, 690 euros anuales si es mayor de 6 años y 1380 euros (115 mensuales) si el menor tiene menos de 3 años.
¿Hay que solicitar el complemento de Ayuda por hijo a cargo?
Este complemento se puede solicitar aunque no se solicite el Ingreso Mínimo Vital, siempre que la unidad de convivencia no supere el 300 % de la renta garantizada y el 150 % del límite de patrimonio que hay establecidos para el IMV.
No hace falta que lo pidas, ya que se te concederá de oficio, si:
- Ya recibes el IMV.
- Si lo has solicitado y está en trámite.