Ingreso Mínimo Vital: Incompatibilidades por las que la Seguridad Social te puede rechazar la ayuda

incompatibilidades con el Ingreso Mínimo Vital
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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una ayuda económica destinada a las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica y social en España. Tiene como objetivo garantizar una renta mínima que permita cubrir las necesidades básicas de las personas que se encuentran en una situación de pobreza extrema. Sin embargo, esta ayuda tiene ciertas incompatibilidades en las que la Seguridad Social puede desestimar la solicitud a los beneficiarios que no cumplan con los requisitos establecidos.

¿Cuáles son las principales incompatibilidades con el Ingreso Mínimo Vital?


Según la Seguridad Social, una de las principales incompatibilidades con el Ingreso Mínimo Vital, es que ya se esté recibiendo una de estas cinco ayudas:

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  • Pensión en favor de familiares. Si una persona tiene derecho a la pensión en favor de familiares y al IMV, deberá elegir entre una de ellas. Ya que ambas ayudas son incompatibles.
  • Ayuda por hijo menor a cargo. La ayuda por hijo menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33% será incompatible con el IMV.
  • Incompatibilidad con pensiones asistenciales: A partir de 2023, el IMV será incompatible con las pensiones asistenciales que se cobren y que queden extinguidas cuando se reconozca el derecho al IMV. Por ejemplo, una persona que cobra una incapacidad permanente y prefiere cobrar la renta garantizada.
  • Complemento de ayuda para la infancia: será incompatible con la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con alguna inferior al 33% de minusvalía.
  • Finalización de la pensión y efectos económicos del IMV: Si la finalización de la pensión coincide con la fecha en la que tenga efectos económicos la prestación económica del IMV, ambas ayudas serán incompatibles.

Además, también hay incompatibilidades relacionadas con el patrimonio y los ingresos. Así si por ejemplo, si posees un patrimonio que supere el límite establecido, no podrás optar al IMV. Este límite queda establecido para una persona sola, en los 16.614 euros y para una unidad familiar de cuatro miembros es de 43.196 euros. También se tiene en cuenta el ingreso del solicitante y de su unidad familiar. Así, el límite máximo de ingresos para una persona es de 5.538 euros al año y para una familia de cuatro miembros de 12.184 euros.

Otra incompatibilidad importante es la residencia legal en España. Para poder solicitar el Ingreso Mínimo Vital, es necesario que tengas la residencia legal en España y haber vivido de forma continuada durante al menos un año.

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