¿Tiene el Ingreso Mínimo Vital paga extraordinaria en Junio?: La Seguridad Social lo aclara
El Ingreso Mínimo Vital, no tiene pagas extraordinarias, ni de verano así como tampoco de Navidad. La razón es que esta prestación se reparte por doce pagas y no en catorce. De manera que se cobra un único importe mensual, a lo largo del año. Lo que sí han recibido los beneficiarios del IMV es una paga compensatoria por la revalorización de 2021. Este fue inferior al IPC registrado este año y que ronda el 1.6%. Esta paga se abonó en el mes de abril junto con la mensualidad ordinaria. Recordemos que en este año 2023 la cantidad que se cobra por el IMV, es del 80% del IPREM, es decir 480 euros mensuales.
El Ingreso Mínimo Vital no tiene pagas extraordinarias ¿Cuál es el motivo?
En primer lugar, es necesario comprender que el Ingreso Mínimo Vital, es una prestación económica destinada a cubrir las necesidades básicas de aquellas personas o familias en situación de vulnerabilidad económica. Es una medida implementada por el Gobierno para garantizar una renta mínima, a quienes más lo necesitan.
A diferencia de otros tipos de prestaciones, que pueden incluir pagas extras, el IMV se concibe como una ayuda regular y constante, se divide en 12 pagas, una por mes, en lugar de 14, y no tiene pagas extraordinarias.
Esto se aclara en la Ley 19/2021 que regula el Ingreso Mínimo Vital. Esta dice que la cuantía mensual que se percibe será del 100% del importe anual de las pensiones no contributivas, dividido entre 12 mensualidades.
Hay otras situaciones en que la Seguridad Social no abona las pagas extraordinarias, además del IMV, como sucede en las Incapacidad temporal, por accidente de trabajo o enfermedad laboral. En este caso las pagas extras, quedan prorrateadas en los doce mensualidades.
¿Cuándo se cobra el Ingreso Mínimo Vital?
El pago del Ingreso Mínimo Vital, puede realizarse en días diferentes, según el momento en el que se aprobó la prestación, por lo que los beneficiarios deben estar atentos a posibles variaciones.
La fecha en que se cobra el Ingreso Mínimo Vital en 2023 es un día específico, marcado por ley. El pago de la prestación será mensual y a la cuenta bancaria del titular de la prestación.
La Seguridad Social abona el Ingreso Mínimo Vital a mes vencido, el primer día hábil y, en cualquier caso, antes del cuarto día natural del mismo. No obstante hay muchas entidades bancarias que adelantan el pago de esta ayuda unos dias.
Las entidades que habitualmente adelantan la prestación son, entre otras: Banco Santander, BBVA , Bankinter, Unicaja.
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