El Aviso de HACIENDA: No puedes hacer esto con tu dinero en efectivo
Aviso de Hacienda sobre el dinero en efectivo. El Fisco está en continua comunicación con las Entidades Bancarias. Así vigila y avisa de aquellos movimientos de dinero en efectivo que se realizan y se consideran como producto de actividades sospechosas.
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Después de modificar la normativa, en el año 2021, es indiferente el que conozcas o no las normas. Hacienda entiende, que tienes obligación de conocerlas. Con lo que si realizamos algún movimiento fuera de estas, no dudes que la Agencia Tributaria lo sabrá al momento.
¿Cuál es la cantidad por la que “saltan las alarmas” en Hacienda?
En el caso de que Hacienda te sorprenda con un ingreso o un pago fuera de las cantidades permitidas, esta te puede mandar una inspección. Podrá ir acompañada de una importante sanción económica con una cuantía que variará en función de la cantidad de dinero a qué se hace referencia.
Así por ejemplo, si ingresas en tu cuenta bancaria más cantidad de dinero de lo permitido, salta la alarma. El banco pone en conocimiento de Hacienda la operación realizada, pudiendo ésta solicitar un justificante de la misma.
Estas alarmas saltan por cantidades que superan los 3.000 euros, por encima de la cual está prohibido hacer ingresos.
En caso de no poder justificar ese movimiento, Hacienda lo podrá incluir dentro del cobro del IRPF al hacer tu declaración de la Renta. Incluso aplicarte una sanción que puede llegar a ser de hasta del 150% de la cuota íntegra que resulte en el IRPF de dicha “ganancia”.
¿Cuáles son las operaciones prohibidas y sancionables por Hacienda?
Con todo esto nos queda claro que Hacienda marca los límites, en los que puedes pagar con dinero en efectivo. Límites que son sancionables si se te ocurre sobrepasarlos.
El pagar con dinero en efectivo está siendo sustituido por el pago con tarjeta de crédito. Aunque aún hay muchas personas que prefieren llevar su dinero “contante y sonante” en su bolsillo para efectuar sus compras.
Esta forma de llevar consigo el dinero en efectivo, esta intimamente ligada a la economía sumergida, por lo que este dinero “negro” es difícil seguirle la pista.
Este es el motivo principal por el que la Agencia Tributaria endurece continuamente las normas, con el fin de que estos movimientos financieros, que pretenden burlar las normas fiscales, sean cada vez menores.
Dentro de las últimas medidas tomadas por la Agencia Tributaria fue la prohibición de dos movimientos en metálico, sancionable en la actualidad:
- Una de estas es, según detalla la Agencia Tributaria:
- «No pueden pagarse en efectivo operaciones en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de persona titular de la empresa o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera)».
- La otra, se refiere a los pagos de 10.000 euros que no se podrán hacer, según nos aclara Hacienda:
- «Cuando quien pague sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de persona empresaria o profesional».
Hacienda también aclara que para ver si se ha cometido o no una infracción, fraccionando estas cantidades, se procede sumando todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar dicho movimiento.