¿Es obligatorio hacer la Declaración de la Renta si cobro la Ayuda a la Infancia y el Ingreso Mínimo Vital?

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La Declaración de la Renta y patrimonio, de 2022, empieza el próximo 11 de Abril y se podrá presentar hasta el 30 de Junio. Son muchas las personas que cobran algún tipo de ayuda o subsidio y no llegan al rendimiento mínimo exigido de 15.000 euros anuales para tener que realizarla. La duda es, si por percibir dicha ayuda como el Ingreso Mínimo Vital, hay obligación de realizar esta declaración de impuestos.

El IMV lo concede la Seguridad Social, a aquellas familias o personas que están en situación de vulnerabilidad económica y no cuentan con recursos suficientes para cubrir sus necesidades más básicas. Esta ayuda, una vez concedida, puede cobrarse de forma indefinida siempre que se cumplan los requisitos que dieron lugar a su concesión.

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¿Tengo que hacer la declaración de la Renta si solo cobro el Ingreso Mínimo Vital?


Es un requisito formal y obligatorio el presentar la renta anual si se percibe el Ingreso Mínimo Vital, aunque se esté exento/a de tributar, por no legar al mínimo exigido.

Según la Agencia Tributaria: ”El titular del Ingreso Mínimo Vital, así como todas las personas integrantes de la unidad de convivencia (menores o no), deberán presentar la declaración, aunque el IMV estuviese exento en su totalidad y los perceptores no hayan obtenido ninguna otra renta, ya que dicha presentación constituye un requisito formal necesario para su cobro”.

Aunque por ingresos estés exento/a de hacer la declaración, según la Agencia Tributaria, El Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migraciones no opina lo mismo y exige a todos aquellos que perciben el Ingreso Mínimo Vital a hacer la declaración todos los años.

Esto se justifica porque uno de los requisitos para la concesión del Ingreso mínimo Vital, es no superar el límite de ingresos establecidos y estos no los puede valorar la administración, si no es con la declaración de Renta. En el capítulo VII-f de Régimen de obligaciones de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, lo aclara. 

El complemento de Ayuda a la Infancia no se incluyó en la renta del 2021, porque esta se aprobó y entró en vigor en enero del 2022. Pero este año al hacer la Declaración de la Renta sí habrá que incluirlo junto con el Ingreso mínimo Vital.

¿Qué ocurre si no presento la Declaración de la Renta?


El incumplimiento de presentar anualmente la Declaración de la Renta, aunque el total de tus ingresos sea inferior al límite (1,5 veces el IPREM) que pone Hacienda para tributar, puede suponer una sanción importante.

Esta sanción da lugar a la retirada de la prestación y puede llevar a una multa de 200 euros, incluso pueden reclamarte todo lo cobrado. Esta multa es para cada persona que no haya presentado la renta. Así por ejemplo, en el caso de que la unidad familiar esté compuesta por 4 miembros y como hemos visto al principio, todos los miembros de la unidad familiar tienen que presentar Declaración de la Renta, serían 200 euros para cada uno de ellos, que serían 800 euros. 

Y es que el no hacer la declaración de la Renta mientras se cobra el Ingreso Mínimo Vital es una infracción muy grave, con lo que además de lo dicho anteriormente, se prohíbe al beneficiario poder solicitar esta prestación durante 5 años. 


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