¿Cuánto baja la Pensión por cada mes que quiera anticipar la Jubilación?
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La jubilación en España se encuentra en los 65 años y subiendo de forma progresiva, hasta llegar a 2027, que se estima, será en los 67 años. Aun así, muchos españoles siguen optando por anticipar la jubilación. Cuando ocurre esta, se te aplican unos coeficientes reductores, que dependerán del tipo de jubilación y de la carrera de cotizaciones acreditada.
¿Cuánto se reduce la Pensión por anticipar la jubilación?
La reducción de las pensiones depende de los años cotizados y si has trabajado por cuenta propia o ajena.
¿Cómo afecta a un autónomo anticipar la jubilación?
Si te jubilas dos años antes, con 44 años y 6 meses de cotizaciones, se te aplicará una reducción del 13% y del 2,81%, en caso de hacerlo un mes antes.
Jubilación anticipada para un trabajador por cuenta ajena
- Si acreditas entre 35 y 37 años completos de cotizaciones, se te aplicará una reducción del 7% por cada año o fracción de año de adelanto.
- Para cotizaciones entre 38 y 39 años completos de cotización, se aplicará una tasa reductora del 6,5% por cada año o fracción de año de adelanto.
- En el caso de acreditar 40 años o más, completos de cotización, se aplicará una deducción del 6% por cada año o fracción de año de adelanto.
¿Qué descuentos se aplican a la pensión de jubilación?
Todo depende de la cantidad que se perciba como pensión de jubilación.
- Pensiones de menos de 12.000€ al año la retención que se va a aplicar es inferior al 1%.
- Entre 12.000€ y 18.000€ anuales de pensión de jubilación, se aplica una retención del 2,61%.
- De 18.001€ a 24.000€ la retención pasa a ser del 8,69%.
- Entre 24.001€ y 30.000€ se aplica una retención del 11,83%.
¿Cuánto se puede aumentar la pensión después de los 65 años?
Según dice la Seguridad Social: ”La cuantía de la pensión se determina aplicando a la base reguladora el porcentaje general que corresponda en función de los años cotizados y, en su caso, el porcentaje adicional por prolongación de la vida laboral, cuando se acceda a la jubilación con una edad superior a la ordinaria vigente en cada momento y el coeficiente reductor que corresponda.”
Por lo tanto, este aumento será del 2% por cada año completo cotizado, o que se considere legalmente cotizado, desde la fecha en que se cumplió los 65 años hasta la fecha del hecho causante de la pensión. Será el 3% cuando el interesado hubiera acreditado, al menos, 40 años de cotización al cumplir 65 años.
¿Cuándo no se aplican los nuevos coeficientes reductores a la hora de anticipar la jubilación?
Cuando se trata de casos de discapacidad o los que tienen regímenes especiales, como son el de la minería o el del mar, no se aplicará penalización por anticipar la jubilación. En estos casos, los años que le falte por jubilarse se entenderán cotizados a efectos de determinar la base reguladora que le corresponda al trabajador para anticipar la jubilación.
Así, en la actualidad, para calcular la base reguladora, hay que tener en cuenta los últimos 25 años de cotizaciones previos al día de cese de la actividad laboral, y para tener derecho al 100 % de la pensión es necesario haber cotizado un mínimo de 36 años (edad que irá aumentando progresivamente hasta 2027). Además, esta cuantía, quedará disminuida en caso de anticipar la jubilación, al aplicar los coeficientes reductores.
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