El Gobierno Avisa sobre el máximo que pueden subirte el alquiler en 2023 y la compensación por desahucio

subida alquiler 2023
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Subida del alquiler 2023. El 27 de diciembre el Consejo de Ministros, a petición del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), aprueban el Real Decreto-ley donde se incluye un conjunto de medidas urgentes para blindar el derecho que tiene toda persona a la vivienda

Con estas medidas se refuerza el escudo social de los inquilinos, limitando el alza de los alquileres y restringiendo los desahucios y lanzamientos en 2023. Según el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, los arrendatarios podrán subir como máximo un 2% el alquiler a sus inquilinos durante 2023. 

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¿En cuanto queda la subida del alquiler para 2023?


Como respuesta a las consecuencias económicas y sociales que la guerra de Ucrania está teniendo sobre los ciudadanos, el Consejo de Ministros aprueba prorrogar el límite del 2% a la subida del alquiler, que fue acordada el 29 de marzo de 2022, para todo el año 2023.

Así también los contratos de alquiler que finalicen antes del 30 de junio de 2023, podrán prorrogarse durante 6 meses.

Siendo habitual en los contratos de arrendamiento, la mención o referencia al IPC para la subida del alquiler, y teniendo en cuenta la inflación a la que estamos sometidos, el objetivo de estas medidas extraordinarias es atenuar los efectos que este índice produce en las rentas de alquiler. Topando así en el 2% la actualización de dicha renta. 

Este 2%, es el tope que tiene impuesto el Índice de Garantía de Competitividad publicado por el INE y con él se responde a razones de extraordinaria y urgente necesidad como es el caso que nos ocupa.

¿Qué puedo hacer si termina mi contrato de alquiler de vivienda?


En cuanto al precio del alquiler este se puede negociar entre el arrendatario y el arrendador.

Según la ley cabe diferenciar si el arrendador tiene o no más de 10 viviendas de su propiedad, en el caso de que así sea, el arrendador no podrá incrementar el precio del alquiler en más de un 2%. Si no es así, la subida se puede acordar entre ambas partes y si no hay acuerdo la subida no excederá el resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad (IGC). Con un máximo, que en este caso coincide en el  2%.

¿Cuál es la prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler?


Todos aquellos contratos de alquiler que terminen antes del 30 de junio de 2023 se prorrogarán, durante otros seis meses desde la fecha de finalización, manteniendo todas sus condiciones, siempre y cuando el inquilino así lo requiera.

Esto tiene su excepción y es que el dueño de la vivienda, necesite esta para su vivienda habitual o para algún familiar en primer grado de consanguinidad o su cónyuge en caso de separación. Siempre que esto se hubiese recogido en el contrato de arrendamiento.

¿Se puede suspender un desahucio?


El Ejecutivo también tiene en cuenta este aspecto. Así, si se trata de inquilinos vulnerables, tanto el caso de desahucio como en el lanzamiento, se ha ampliado hasta el 30 de junio la suspensión de procedimientos de desahucios y de lanzamientos.

Se podrá suspender el lanzamiento si la vivienda pertenece a personas titulares de más de diez viviendas.

¿Qué compensación hay para los arrendadores en caso de desahucio?


Hasta el 31 de julio de 2023 aquella persona, propietario de una vivienda alquilada y que ve suspendido el desahucio o lanzamiento de su inquilino, podrá solicitar una compensación a través de una solicitud donde explique de forma razonada la compensación que se solicita y que corresponde al alquiler medio que hay en la zona donde está la vivienda y los gastos corrientes que se ocasionen en dicha vivienda.