Ayuda madre trabajadora; la ayuda de los 100 euros que se solicita en Hacienda

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La ayuda para madre trabajadora está dirigida a madres con hijos menores de 3 años. Es una deducción por maternidad, que hay que declarar en la Renta anual de la madre que la percibe. Consiste en una ayuda de 100 euros mensuales por madre trabajadora, compatible con la baja por maternidad.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la ayuda madre trabajadora?

Para acceder a la ayuda de 100 euros mensuales por ser madre trabajadora, y a la deducción por maternidad son requisitos indispensables:

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  • Ser trabajadora, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.
  • Ser conviviente con el menor. Este debe tener menos de tres años.
  • Ser activo en la Seguridad Social o en una Mutua privada.
  • Los ingresos de la madre trabajadora no superarán los 8.000 euros (se justificará con la declaración de la renta).
  • Estos ingresos no serán requisito para aquellas rentas exentas del impuesto de declaración de la renta.
  • Cotización mínima de 100 euros mensuales, en caso de ser madre trabajadora en régimen autónomo.

¿Cómo solicitar la ayuda para madre trabajadora de 100 euros?

Existen distintas tres formas de solicitar la ayuda (deducción por maternidad), destinada a madres trabajadoras:

  • Presencial.
  • A través de Internet.
  • Mediante llamada telefónica, a través del teléfono gratuito previsto para solicitar las “ayudas a madre trabajadora”.

¿Cómo solicitar esta ayuda vía presencial?

  • Solicitaremos, en primer lugar, cita previa en la Agencia Tributaria.
  • Adquirir el modelo 140, cumplimentarlo correctamente y preparar la documentación requerida.
  • Presentar toda la documentación junto con el modelo en las oficinas de Hacienda el día y hora reservado.

¿Cómo solicitar la ayuda madre trabajadora por Internet?

  • En primer lugar, para acceder por esta vía a la ayuda a madres trabajadoras,  resulta imprescindible certificado electrónico, DNI digital o Cl@ve.
  • Descargar el impreso, modelo 140.
  • Acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  • Completar el impreso, tras revisarlo detenidamente para evitar errores. Es necesario, y nos será requerido en dicho modelo 140, nuestro número de cuenta bancaria en el que queramos recibir la ayuda a la madre trabajadora.
  • En caso de que sea admitida la solicitud a dicha ayuda (deducción por maternidad) recibiremos en nuestro ordenador un código de verificación. Este código consta de 16 dígitos, además del día y la hora en la que hemos presentado la solicitud.
  • Es interesante guardar o imprimir la solicitud por si en un futuro hiciese falta o existiese alguna reclamación.

¿Cómo solicitar la ayuda mediante llamada telefónica?

Si la opción elegida es vía telefónica, deberá llamar al teléfono habilitado para “ayuda a madres trabajadoras” donde le resolverán cualquier duda sobre este trámite de deducción por maternidad.

El teléfono gratuito es: 901 200 345

Con anterioridad a la llamada telefónica, deberá tener preparada la documentación que le van a pedir;

  • Número de Afiliación a la Seguridad Social.
  • DNI.
  • Número de la cuenta bancaria donde va a percibir la ayuda para madre trabajadora.
  • Declaración de la Renta o el importe de la base liquidable del ejercicio  del año anterior.

¿Cúal es la duración de la ayuda madre trabajadora?

La ayuda para madres trabajadoras se puede solicitar para su cobro anual (1200 euros), o mensual (100 euros). Esta ayuda se puede solicitar desde el nacimiento del menor y cesará el día en el que el menor cumpla los 3 años. No es necesario ningún trámite para dejar de percibir la ayuda ya que cesará de forma automática el día que el niño cumpla los tres años.

Dudas sobre esta ayuda de 100 euros

Existe el caso de que la custodia corresponda al padre, de forma total, guardia y custodia, en cuyo caso, y si cumple todos los requisitos, podría éste solicitar la ayuda a madre trabajadora. Este también sería el caso en el que la madre hubiera fallecido y el niño conviviera con el padre. En la Agencia Tributaria, y a través de su teléfono, le pueden informar sobre cualquier duda que surja en relación con las ayudas por maternidad.

También le ofrecen información, en la Agencia Tributaria, sobre otros temas como por ejemplo, derechos a los que las madres tienen para su  conciliación familiar en relación a horas por lactancia y conciliación de la maternidad con el trabajo. Si la madre ha estado en ERTE no puede beneficiarse de esta ventaja fiscal, por lo que le será descontado, o no pagado, el tiempo en el que se ha encontrado en esta situación.