¿Cómo puedo saber si mi solicitud de paro está aprobada o denegada?

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¿Cómo puedo saber si mi solicitud de paro está aprobada o denegada?. Cuando se termina un contrato de trabajo o se produce un despido tenemos derecho a cobrar la prestación por desempleo del SEPE. Para poder beneficiarnos de la prestación contributiva, es decir, el paro ,tendremos que estar dados de alta como demandante de empleo en el INEM.

Tanto para prestaciones, como para darnos de alta como demandante de empleo, necesitaremos pedir cita previa en el SEPE (antiguo INEM). Si ya has presentado la solicitud para prestaciones SEPE y necesitas saber si está aprobada o no, sigue leyendo y te explicaremos el proceso para despejar tus dudas.

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¿Cómo puedo consultar mi solicitud de paro?

El Servicio Público de Empleo Estatal ( SEPE) está obligado a dictar resolución expresa sobre la solicitud de prestación por desempleo (el paro).Una vez entregada la solicitud de paro, el SEPE te notificará en tu domicilio si te han concedido o denegado el paro o subsidio por desempleo. No obstante podrás consultar el estado de tu solicitud de paro en cualquier momento.

Consultar el estado de solicitud de paro:

Si en el plazo de tres meses desde que presentaste tu solicitud de paro no has tenido respuesta por parte de la administración, se entenderá desestimada por silencio administrativo. Si ha sido desestimada por silencio administrativo podrás poner una reclamación por vía judicial.

Para dicha reclamación por vía judicial tendrás 30 días desde que se produjo el silencio administrativo. La reclamación por silencio administrativo deberás presentarla en el juzgado de lo Social.

Si me han denegado el paro ¿puedo volver a solicitarlo?

En algunas ocasiones el SEPE deniega la solicitud de paro por diferentes motivos los cuales pueden ser:

  • Falta de documentación.
  • Imposición de una sanción.  
  • Por colocación en un puesto de trabajo
  • Cumplimento de la edad para la jubilación ordinaria.
  • Por viajar al extranjero por tiempo superior a 15 días.

La denegación del paro te la comunicarán por notificación en tu domicilio en los 15 días siguientes o por silencio administrativo.

En el supuesto que no estés conforme con la notificación  podrás acudir al Servicio Público de Empleo Estatal en los 30 días siguientes a la notificación y presentar una reclamación. La reclamación debe ser por escrito y en ella debe constar tu nombre y apellidos, causa de la reclamación y fecha. La reclamación se acompañará de los informes y documentos que creas oportunos que serán tenidos en cuenta en todo caso.

El SEPE tendrá cuarenta y cinco días para dar resolución a tu reclamación. En el caso de que no tengas contestación por parte del Servicio Público de Empleo, la reclamación se entenderá desestimada por silencio administrativo. Contra esta resolución sólo podrás interponer recurso por vía judicial en el juzgado de lo Social en el plazo de 30 días.


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