Pensión por incapacidad permanente. Guía 2022

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Pensión por incapacidad permanente es una prestación de la Seguridad Social  que se le reconoce a la persona trabajadora que tras sufrir un accidente o enfermedad se ven reducidas definitivamente sus capacidades para trabajar.

  • ¿Cuánto aumentarán las pensiones en 2022?

  • ¿Tengo derecho a la pensión no contributiva por invalidez?

¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente?

Una de las preguntas más frecuentes cuando nos reconocen una incapacidad permanente es que pensión nos quedaría por esta situación, es decir , cuanto se cobra por incapacidad permanente.

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La cuantía de la pensión por incapacidad permanente depende de varios factores los cuales vamos a explicar a continuación:

  • La base reguladora se calcula con la media aritmética de las últimas seis bases de cotización del trabajador. Esto quiere decir que tenemos que sumar las cotizaciones que tuvo el trabajador en los últimos seis meses y dividirlo entre seis.
  • El grado de incapacidad reconocido. Existen diferentes grados de incapacidad : parcial, total, absoluta y gran invalidez. Cuanto mayor sea el grado de incapacidad mayor será el porcentaje de la base reguladora.

Es importante destacar que para solicitar una pensión por incapacidad permanente será necesario un periodo de cotización mínima la cual depende de la causa que originó la incapacidad permanente.

Pensión por incapacidad permanente 2022

  Periodo de cotización mínima para la pensión de incapacidad permanente.

Una cuestión que vamos a explicar antes de informar de cuánto se cobra por incapacidad permanente, es el periodo de cotización mínimo que hay que tener para pedir una pensión por incapacidad permanente en el caso de que sea por una enfermedad común. 

Por el contrario si la incapacidad permanente proviene de un accidente ya sea laboral o no laboral este periodo de cotización mínima no será exigible.

El periodo mínimo de cotización es:

  • Menor de 31 años el periodo de cotización será la tercera parte del tiempo transcurrido desde los 16 años y la causa que originó la incapacidad.
  • Con la edad de 31 años o más el periodo de cotización será la cuarta parte del tiempo transcurrido desde que la persona cumplió los 20 años hasta la causa que originó la incapacidad, con un mínimo en todo caso , de cinco años.

 Para este caso, al menos la quinta parte del período de cotización exigible deberá estar dentro de los diez años anteriores al hecho causante.

¿Cuando se revisa una pensión por incapacidad permanente?

La revisión por una incapacidad permanente sea cual sea el grado reconocido tendrá que ser revisada para valorar su mejoría o no.

La Seguridad Social en la resolución, por la cual, se concede dicha pensión por incapacidad permanente, informará de la fecha de la revisión.

Por norma general las revisiones se proponen cada dos años . La Seguridad Social tiene la obligación de informar de esta fecha aunque la incapacidad haya sido reconocida en sentencia judicial.

Incluso se podrá revisar la incapacidad permanente aunque ya esté reconocida por un error en el diagnóstico.

El tribunal médico tiene que estudiar si el estado del paciente ha mejorado o por el contrario ha empeorado en un periodo determinado de tiempo.

Es imperativo presentarse a dichas revisiones ya que si no es así , se podrá perder la pensión por incapacidad permanente.

Pensión por incapacidad permanente 2022

¿Quién reconoce una incapacidad permanente?

Por un lado las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social son quienes reconocen estas prestaciones por incapacidad y el grado correspondiente.

Por otro lado tenemos quien decide el grado de incapacidad es el Tribunal médico o Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).

Este órgano es el que tiene la competencia para evaluar, revisar y calificar las incapacidades y reconocer el derecho a pensión por incapacidad permanente en todos sus grados. 

No obstante, te dejamos aquí un enlace de la Seguridad Social por si necesitas más información.

¿Cuáles son los grados de la incapacidad permanente?

La incapacidad permanente tiene diferentes grados. A cada grado se le atribuye un porcentaje diferente a cobrar según la base reguladora la cual también se calcula de manera diferente según el grado de discapacidad que tenga el sujeto.

A continuación explicamos cada uno de estos grados.

Incapacidad parcial

La incapacidad parcial se reconoce si el trabajador puede seguir trabajando en el mismo puesto de trabajo. Para solicitar la incapacidad parcial el trabajador debe de sufrir una disminución del al menos 33% de sus capacidades y no se trata de una pensión sino más bien de una indemnización.

Dicha indemnización se cobrará una única vez y la cuantía será 24 veces la base reguladora calculada.

Requisitos 

Para solicitar una incapacidad parcial será necesario cumplir una serie de requisitos:

  • No haber cumplido la edad para la jubilación ordinaria.
  • Es imperativo haber cotizado 1.800 días en el caso de enfermedad común . Si la causa de incapacidad es un accidente no se exigirá ningún mínimo de cotización.
  • Situación de alta en la Seguridad Social o asimilada de alta.

Incapacidad total

Para solicitar esta pensión por incapacidad permanente el trabajador no podrá trabajar más en el puesto de trabajo que venía desempeñando o en similares.

En cambio, mientras se está percibiendo este tipo de pensión se podrá trabajar en otro trabajo que sea diferente al que se estaba desempeñando.

La cuantía de la pensión por incapacidad permanente total será el 55% de la base reguladora. Para este cálculo se tendrá en cuenta la contingencia, la edad del hecho causante y si estaba trabajando a tiempo parcial.

Requisitos

Los requisitos para acceder a la pensión por incapacidad permanente total son los mismos que para la incapacidad parcial excepto el de cotización que son los siguientes:

  • Menor de 31 años el periodo de cotización será la tercera parte del tiempo transcurrido desde los 16 años y la causa que originó la incapacidad.
  • Con la edad de 31 años o más el periodo de cotización será la cuarta parte del tiempo transcurrido desde que la persona cumplió los 20 años hasta la causa que originó la incapacidad, con un mínimo en todo caso , de cinco años.

Para este caso, al menos la quinta parte del período de cotización exigible deberá estar dentro de los diez años anteriores al hecho causante.

Incapacidad absoluta

En la pensión por incapacidad permanente absoluta el trabajador no podrá realizar ningún tipo de trabajo por lo que la cuantía de la pensión será del 100% de la base reguladora reconocida por dicha incapacidad.

Hay excepciones a la hora de realizar algún tipo de trabajo con esta discapacidad  ya que se manifiesta que todos podemos tener una peña capacidad para trabajar. 

Eso sí, dicho trabajo tiene que ser compatible con dicha discapacidad. Si se ha alcanzado la edad de jubilación ordinaria queda totalmente excluido la realización de cualquier tipo de trabajo. 

Requisitos

Para solicitar una pensión por incapacidad permanente absoluta tendremos que cumplir los mismos requisitos que para la pensión por incapacidad permanente total.

Gran Invalidez

Para finalizar con los tipos de grados de incapacidad permanente explicamos la Gran Invalidez. 

La Gran Invalidez se trata de un plus mensual de la Seguridad Social para aquellos trabajadores que tienen reconocida una discapacidad absoluta y además necesitan ayuda de otras personas para realizar actividades cotidianas del día a día.

Los requisitos para solicitar una Gran Invalidez son los mismos que para reconocer una incapacidad absoluta con el añadido imprescindible de necesitar ayuda de otras personas para el día a día. 

A continuación os dejamos un enlace donde podrás ver otro tipo de pensiones no contributivas por invalidez.