¿Se puede cobrar el IMV y el Subsidio para mayores de 45 años a la vez?

IMV y Subsidio de mas de 45 años
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Esta cantidad ascendería a 1.033 euros, y proviene de dos organismos distintos, como son el SEPE, que es el encargado de conceder la ayuda para mayores de 45 años desempleados y la Seguridad Social que otorga el IMV.

Aunque esto sólo se podría mantener por 6 meses, que es el tiempo máximo en que se concede el Subsidio a mayores de 45 años

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¿Qué es mejor solicitar un Subsidio o Prestación por Desempleo o el Ingreso Mínimo Vital?


Es obligatorio solicitar, en primer lugar el subsidio por desempleo, y después, si se tuviese derecho, se solicitaría el Ingreso Mínimo Vital, ya que el IMV es una ayuda con carácter extraordinario y debe pedirse en último lugar. Entre los principales objetivos que el Gobierno ha manifestado tener, es que el Ingreso Mínimo Vital llegue al mayor número de hogares posible. 

El IMV es una ayuda destinada a reducir el riesgo de pobreza en personas o familias que acrediten una situación de vulnerabilidad económica. Con esta justificación, la Seguridad Social, permite compatibilizar el IMV con otras prestaciones no contributivas, como son por ejemplo la Renta Activa de Inserción (RAI) o los distintos subsidios por desempleo.

Con todo esto, se afirma que el Ingreso Mínimo Vital es compatible con el subsidio por desempleo para Mayores de 45 años (subsidio por agotamiento de prestación contributiva “sin” cargas familiares), y que han agotado su prestación, aunque se deberán cumplir con los requisitos de ambas prestaciones, en relación a la carencia de rentas, en este caso de mayores de 45 años, que no superen el 75% el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En la nueva Ley del Ingreso Mínimo Vital, en su artículo 13 se  determina con exactitud todos los aspectos sobre la compatibilidad de rentas. 

¿Es obligatorio pedir primero las Prestaciones o Subsidios por Desempleo?


Sí, como hemos visto con anterioridad existe obligatoriedad de solicitar el subsidio, sea cual sea, antes que el Ingreso Mínimo Vital. Tanto es así que, dentro de los requisitos que se exigen para solicitar el IMV nos encontramos con el RDL 20/2020 que nos dice que: “es obligatorio haber solicitado las pensiones y prestaciones vigentes a las que pudieran tener derecho”. Y si, se puede solicitar conjuntamente el IMV y el subsidio por agotamiento de prestación, o por cotización insuficiente, lo único que ocurre es que en “NO”  todos los casos se cobrará  la misma cantidad del Ingreso Mínimo Vital.

Con todo esto nos queda que, aunque solicitemos el IMV mientras estemos cobrando un subsidio, la Seguridad Social, mirará en cada caso particular a qué cantidad se puede tener derecho, según sean los ingresos y el patrimonio del solicitante, conjuntamente son su unidad familiar

Subida del Ingreso Mínimo Vital


En este año en curso el Gobierno de España aprobó en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) una subida de las cuantías garantizadas del IMV en un 3%. Pero, a pesar de ello y debido a la crisis económica el Ejecutivo Central acordó de forma excepcional una subida del 15 % en el Ingreso Mínimo Vital desde abril, hasta finales de 2022.

El Ingreso Mínimo Vital no es igual para todas las personas ya que, para determinar la situación de vulnerabilidad económica, la Seguridad Social tiene en cuenta la capacidad económica de la persona en sí misma o en el cómputo de la unidad familiar. 

En cada uno de estos casos, se calcularán los ingresos que tiene el solicitante y su unidad familiar.  Dentro de esos ingresos estará el importe del subsidio por desempleo, que por lo general suele ser de 463,21 euros al mes y este se descontará de la ayuda total que garantiza el Ingreso Mínimo Vital.


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