525 Euros MÁS si recibes una Pensión no contributiva y vives en un piso de alquiler

complemento de Pensión para el alquiler
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Existen unos complementos destinados a aquellos beneficiarios de una pensión no contributiva ya sea de jubilación o de invalidez. Ambas gestionadas por el IMSERSO, en las distintas comunidades. Estos pueden ser la Prestación complementaria con una cuantía de 172,07 euros y la que vamos a ver, el complemento de pensión para el alquiler de vivienda que cuenta con una cantidad de 525 euros anuales

Requisitos para el complemento de Pensión para el alquiler


Para aquellos que perciban una pensión no contributiva, ya sea de jubilación o de invalidez, que se encuentren en régimen de alquiler y esta sea la vivienda habitual existe el llamado complemento de pensión para el alquiler de vivienda.

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Podrán ser beneficiarias de este complemento las personas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
  • Carecer de vivienda en propiedad.
  • Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
  • No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
  • Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.

Si se diera la circunstancia de que en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una Pensión no Contributiva, sólo podrá recibir este complemento uno/a de los/as dos, que será el titular del contrato de alquiler. 

La cuantía del complemento de Pensión para el alquiler en 2022 asciende a 525 euros anuales y se podrá solicitar hasta el 31 de diciembre de cada año al que haga referencia la solicitud. 

¿Cómo se solicita este complemento de pensión para el alquiler?


Esta solicitud se presentará en el impreso oficial de este complemento (Descargar solicitud). La solicitud podrá presentarse en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación  o en los Servicios Sociales Comunitarios del ayuntamiento donde resida la persona pensionista. En cualquier caso se deberá presentar la siguiente documentación:

  • Copia autenticada de la sentencia judicial que declare la incapacidad y/o del documento que acredite la representación legal cuando la solicitud se suscriba por persona distinta de la posible beneficiaria.
  • Copia autenticada del contrato de arrendamiento u otro medio de prueba válido, en derecho (recibos, facturas, etc…), en el que obligatoriamente debe figurar la localización de la vivienda.


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