Un EXTRA a la Pensión, 378€: Madre o Padre ¿Quién pueden cobrarla?

Pensión
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Este es un complemento fijo de 378€ anuales por hijo, y podrán cobrarlo indistintamente el padre o la madre, que tenga una pensión contributiva y que cumpla con los requisitos que se exigen para este tipo de ayuda. 

¿Qué es el complemento por paternidad?


Es un complemento extra que concede la Seguridad Social y que se revalorizara con las pensiones, asciende a la cantidad de 378 euros por hijo y año, hasta un máximo de 4 hijos. Este pago está vinculado al cobro de una pensión y sólo podrá cobrarlo el padre o la madre, con el cumplimiento de unos requisitos. Este nuevo complemento lo ofrece el Gobierno, con el fin de reducir la brecha de género, al cobrar una pensión contributiva. 

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¿Quién tiene derecho a cobrar el complemento por hijos?


Desde el 2021 tienen derecho a este complemento de maternidad tanto el padre como la madre. Este cobro va unido a cualquier pensión contributiva de jubilación, invalidez o viudedad y pueden solicitarlo tanto el hombre o la mujer que hayan tenido uno o más hijos.

Se concede tras cumplir unos requisitos y quedan excluidos aquellos progenitores que tengan alguna condena por violencia de género, o impago de pensiones alimenticias.  

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el complemento de paternidad o maternidad?


Podrán solicitar esta ayuda, tanto el padre como la madre, que estén cobrando una pensión contributiva de jubilación, viudedad, o bien, una pensión por una incapacidad permanente. Dentro de estos se incluyen:

  • Que el hijo/a o hijos/as sean adoptados. 
  • Las personas que sólo perciban una jubilación parcial no podrán solicitar esta ayuda.  
  • Será requisito indispensable, también, el no tener sanción alguna por violencia de género, en el caso de los padres e incumplimiento de los deberes de los padres para con sus hijos. 
  • Los requisitos deben cumplirse mientras se cobra el extra por paternidad, y en el caso de que alguno de ellos deje de cumplirse este abono dejará de cobrarse.
  • Los padres que se han visto perjudicados en su carrera profesional, pueden pedirlo. En el caso de que ninguno se haya visto perjudicado y lo soliciten los dos, se adjudicara a la madre.  
  • En el caso de ser dos madres, o dos padres, se le adjudicara a aquella persona de la pareja que tenga menor cuantía en su pensión. 

¿Cuál es la cantidad que se cobra por esta ayuda extra por paternidad?


Esta ayuda extra por paternidad, según indica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, parte de una cantidad de 27 euros mensuales por hijo, incluida junto a la pensión de jubilación, siempre que cumpla con los requisitos exigidos. Esta cantidad que asciende a 378 euros anuales (divididos en 14 pagas), que se irá regularizando anualmente en función de la revalorización de las pensiones. 

Esta cantidad aumenta con el número e hijos. Con dos hijos seria de 57 euros mensuales y así, hasta un máximo de 4 hijos en cuyo caso la cantidad anual ascendería a 1.512 euros (108 euros mensuales). En caso de recibir más de una pensión (que sean compatibles), este extra por maternidad se sumará a aquella pensión en la que se tenga más tiempo de cotizaciones.

¿Dónde solicitar el complemento por paternidad?


Se puede solicitar de varias formas:

  • Desde el portal “Tu Seguridad Social”, si se dispone de DNI electrónico, certificado digital o cl@ve
  • A través de la plataforma habilitada por el INSS, para solicitudes y trámites de las prestaciones de la Seguridad Social.
  • En las oficinas del INSS, con cita previa. Para pedirla se puede llamar al 901166565 o al 915421176.

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