AVISO de la Seguridad Social sobre las Empleadas de Hogar
- Las Empleadas de Hogar SIN contrato por escrito serán consideradas como Indefinidas y a Jornada Completa
- Seguridad Social informa de la obligación o NO del contrato a Empleadas de Hogar
El gran avance se evidencia en el decreto aprobado por el Gobierno que permite a las Empleadas del Hogar, acceder a la prestación por desempleo.
¿Cuándo empiezan a cotizar por desempleo las Empleadas de Hogar?
Las empleadas del hogar han empezado a cotizar en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar de la Seguridad Social, para poder cobrar el subsidio de desempleo, a partir del sábado 1 de octubre, cuando entra en vigor el decreto aprobado por el Gobierno que regula esta situación.
Según los datos que aportan desde el ejecutivo, esta nueva normativa beneficiará a más de 373.000 trabajadoras domésticas inscritas en el Régimen Especial de Empleadas de Hogar de la Seguridad Social.
Para todo ello, empezarán a cotizar por desempleo, tanto ellas como sus empleadores, cada uno en su parte correspondiente y como dicta la Ley. Lo harán desde el pasado 1 de octubre si la relación laboral es de al menos 60 horas mensuales y del 1 de enero de 2023 si es de menos horas.
¿Cuánto cobra una Empleada de Hogar de Paro?
Si la pérdida del trabajo es total, la trabajadora tendrá un subsidio que equivaldrá al 70% de su base reguladora. Si en cambio la pérdida del trabajo es parcial, percibirá la parte proporcional que corresponda a esa reducción de jornada.
El importe diario que se cobra en el paro sería el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días de la prestación por desempleo y el 50% el resto de días que dure el paro.
¿Tendrán alguna ayuda estas cotizaciones?
Desde ahora, que entra en vigor el Decreto, existe obligatoriedad en que se cotice por el desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Estas cotizaciones estarán bonificadas en un 80% para los empleadores, con el fin de incentivar las contrataciones.
Pero, además, este sábado entra en vigor la eliminación de la figura del despido libre para estas trabajadoras y se incluyen nuevas causas de despido justificado teniendo en cuenta las particularidades del empleo, como pueden ser el cambio de circunstancias esenciales en la unidad familiar o la pérdida de confianza. Esta última, según la normativa, debe estar argumentada desde la razonabilidad y la proporcionalidad.
También desaparecen las especialidades de encuadramiento, para las empleadas de hogar, que trabajaban menos 60 horas semanales y la disminución equilibrada de cotización en proporción a la renta de las unidades familiares, que contempla las diversas situaciones y características de las personas empleadoras y desempleadas.
¿Se puede modificar este Decreto?
Desde el ejecutivo consideran que se trata de una medida de reparación ya que concede a las trabajadoras las mismas coberturas en cuanto a prestaciones y las incluyen en el mismo sistema de cotización que al resto de trabajadores por cuenta ajena. El contenido pasará a la cámara baja, donde se presentaran las enmiendas que consideren oportunas.
En concreto pretenden incluir medidas relacionadas con la figura de la empleada de hogar interna, o incluir reformas en materia de extranjería, dado el alto porcentaje de empleadas del hogar son migrantes.
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