Ayuda del SEPE de 463,21 euros para mayores de 45 años

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Ayuda del SEPE de 463,21 euros para mayores de 45 años. El Servicio Público de Empleo (SEPE), ofrece a todas las personas mayores de 45 años, y durante un periodo de tiempo de seis meses como máximo, un subsidio cuya cuantía es de 463,21 euros mensuales, destinados a parados de larga duración, que habiendo cobrado el paro o prestación contributiva, se encuentre ante la dificultad, que tiene este colectivo de mayores de 45 años, de acceder al mercado laboral. 

La cuantía de este subsidio para mayores de 45 años equivale al 80% del Indicador Público de Rentas a Efectos Múltiples (IPREM), lo que para este año 2022 es de 463,21 euros al mes. Esta ayuda no está exenta de algunos requisitos, que detallaremos en este artículo más adelante. 

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¿Cómo pedir la ayuda de 463,21 euros para mayores de 45 años?

Para acceder a la ayuda de 463,21 euros que ofrece el SEPE a las personas de 45 años o más que sean parados de larga duración, se necesita cumplir con una serie de requisitos:

  • La persona que opte a esta ayuda de 463,21 euros no tener responsabilidades familiares a cargo.
  • El solicitante, mayor de 45 años, debe estar inscrito como demandante de empleo, al menos durante un mes, desde que se agotó su subsidio o paro, es decir, tener suscrito el compromiso de actividad
  • Esta persona no debe de haber rechazado una «oferta de colocación adecuada» ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
  • No tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, es decir, no superar los 750 euros mensuales (si se poseen ingresos superiores, este subsidio se podrá volver a solicitar cuando las rentas estén por debajo de la cantidad exigida, y antes de que haya transcurrido un año).

En el caso de que la persona tenga cargas familiares, no tendrá derecho a este subsidio de mayores de 45 años, pero podrá solicitar la ayuda familiar que se concede durante más tiempo. El plazo para que el parado pueda solicitar esta ayuda es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente,  después de haber agotado el mes de espera.  

¿Existen otras ayudas para desempleados mayores de 45 años? 

Para los mayores de 45 años, que además lleven más de un año parados, el SEPE ofrece otra ayuda de carácter extraordinario, es la llamada  Renta Activa de Inserción (RAI), con una duración de 11 meses y con la salvedad de que se puede solicitar hasta un máximo de “tres anualidades” y cuya cantidad , igual que la ayuda para mayores de 45 años , sin cargas familiares, es de 463,21 euros mensuales. 

Hay que tener en cuenta, al solicitar la ayuda de 463,21 euros para mayores de 45 años, que no se puede solicitar de nuevo, una vez se agoten los seis meses que dura esta prestación,  y, que solo se puede pedir una vez este subsidio. 

¿Qué documentación es necesaria para solicitar ayuda para mayores de 45 años y dónde se presenta?

Para solicitar la ayuda de 463,21 euros mensuales para mayores de 45 años sin cargas familiares, es necesaria la siguiente documentación:

  • Modelo oficial de solicitud. Imprescindible para acceder a la prestación. 
  • DNI del solicitante, si es Español. Solo será necesaria su presentación, para la comprobación de los datos personales que se incluyen en la solicitud. 
  • Si se es extranjero, documento de identificación de la persona solicitante. 
  • Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
  • No nacionales de la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjero o Extranjera (TIE) y el pasaporte.
  • Documento bancario donde figure el número de cuenta donde se vaya a percibir la prestación para mayores de 45 años.
  • Justificante de rentas.

Esta documentación se podrá presentar a través de:

  • La sede electrónica del SEPE.
  • En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono.
  • En cualquier oficina de registro público.
  • Por correo administrativo.

Estos requisitos deben reunirse en el momento en que se da el hecho que justifica la demanda, y además durante todo el tiempo que exista la prestación del subsidio. Si no se cumple con el requisito de carencia de rentas, existe el plazo de un año desde la fecha, para que se acredite su cumplimiento. 

Esta fecha se considera como el primer día de, pasado un mes , en que se dio el hecho, por ejemplo de agotamiento de paro. Si se diera el caso de que la persona solicitante tuviese derecho al subsidio por desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años, en este caso percibiría este último.

El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles a partir del cumplimiento del mes de espera. El mes de espera comienza a contar a partir del día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva o paro.