¿Tienes más de 45 y cobras la RAI? El SEPE te dará de «baja definitiva» si no cumples con este requisito
Esta ayuda que ofrece el SEPE, la Renta Activa de Inserción (RAI), es un subsidio de 480 euros mensuales que puede cobrarse durante 11 meses. Se puede prorrogar hasta en dos ocasiones más, dejando pasar entre ellas un año. En concreto podrás recibir esta ayuda durante 33 meses.
Está dirigida a un colectivo particular entre los que encontramos los parados de larga duración que hayan cumplido ya los 45 años, las víctimas de violencia de género, discapacitados y emigrantes retornados.
¿Motivos por los que el SEPE te puede dar de baja temporal en la RAI?
En función de la gravedad de la infracción, el SEPE podrá darte de baja definitiva de esta ayuda o bien te puede imponer alguna sanción. Dado que esta ayuda es extraordinaria y de último recurso, dirigida a aquellas personas que llevan mucho tiempo sin encontrar trabajo, la Administración hace especial hincapié en que se debe cumplir con los requisitos que se les exigen:
- Renovar la demanda de empleo.
- Participar en programas de formación o
- Cumplir con la búsqueda activa de empleo (BAE).
En estos casos el SEPE impondrá una sanción que puede ser una suspensión temporal de la Renta Activa de Inserción (RAI).
En este sentido,el Sepe puede ser especialmente estricto, y te puede penalizar, si se te olvida renovar la demanda de empleo, con la pérdida de la ayuda en esa anualidad, es decir, los 11 meses.
¿Casos en que el SEPE te puede dar la baja definitiva de esta ayuda?
El SEPE avisa que puedes causar baja definitiva de la RAI si incumples algún compromiso como es el caso de:
- Que obtengas ayudas sociales, por ser víctima de violencia de género que no puedas participar en programas de empleo.
- Que estés trabajando a jornada completa durante 6 meses o más.
- Que recibas pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social que sean incompatibles con el trabajo o que, sin serlo, excedan en su cuantía de los límites que se fijan para poder percibir la RAI.
- Que ya no reúnas el requisito de carecer de rentas desde hace más de seis meses.
- Que estés cobrando una prestación o subsidio por desempleo o a la renta agraria.
- Ingreso en prisión por 6 meses o más
- Salida al extranjero más de seis meses, salvo que sea para la búsqueda o realización de trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional.
¿Si el SEPE me da la baja definitiva en la RAI, puedo volver a solicitarla?
En este sentido el SEPE es bien claro: «Las personas trabajadoras que causen baja definitiva en el programa no podrán volver a ser incorporadas al mismo, si bien podrán obtener otro derecho a la admisión al programa, cuando cumplan los requisitos exigidos».
ALgunos de estos requisitos que el SEPE te pide para poder recibir la RAI son:
- Sólo puede solicitarse cuando se hayan agotado otras prestaciones y subsidios por desempleo.
- No tener ingresos propios superiores a 810 euros mensuales (el 75% del Salario Mínimo en 2023) y que la unidad familiar no supere en cómputo total esa cantidad por cada integrante.
- Ser parado de larga duración, es decir, llevar en el paro 12 meses como mínimo y estar inscrito como demandante de empleo.
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