Lo que debes saber si te vas de vacaciones estando de Baja Laboral

irse de vacaciones estando de baja
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Por Ley no existe ninguna, ni norma dentro del ordenamiento jurídico, que prohíba a una persona viajar o irse de vacaciones estando de baja laboral por una incapacidad temporal. Pero si estás cobrando alguna ayuda o prestación, puedes perderla, si la Seguridad Social determina que estas actuando de forma fraudulenta.

¿En qué casos se puede viajar estando de baja laboral?


No todas las patologías imposibilitan para realizar unas pequeñas vacaciones. Así en algunos casos, es incluso recomendable una escapada, cuando se padece por ejemplo de ansiedad o cualquier tipo de depresión, en cambio si la baja la causa una lesión incapacitante para moverse, no será lo más indicado, irse de vacaciones estando de baja laboral, ya que se podría agravar la situación. 

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¿Qué tener en cuenta para irse de vacaciones estando de baja?


El trabajador tiene la obligación de presentarse en día y hora en que esté citado, tanto para una consulta médica, como de la mutua o para las distintas pruebas diagnósticas.

Si el trabajador está de baja, y no atiende a estas citas o requerimientos por parte de la mutua de su empresa o de su médico, por no encontrarse en su lugar de residencia, el que percibe por la Incapacidad Temporal puede suspenderse, anularse o si está en trámite, no concederse. Incluso en estos casos el trabajador puede ser dado de alta y tener que reincorporarse a su actividad laboral.

Para evitar todo esto, siempre y cuando se viaje bajo la responsabilidad del propio trabajador y no esté contraindicado su viaje con su dolencia, el trabajador deberá solicitar una autorización a su médico de familia o al especialista que esté tratando su patología.

¿Quién me autoriza a irme de viaje si estoy de baja laboral?


Con la autorización del profesional correspondiente, el trabajador debe comprometerse, a no realizar ninguna actividad que pudiese empeorar su dolencia, y acudir, cada vez que se le solicite, para visita médica u otras visitas establecidas en relación con su proceso. 

A pesar de que comuniques el viaje, o las vacaciones que vas a realizar, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, no tiene obligación de anular las citas programadas para ese periodo de tiempo. Pero si tiene obligación de comunicar las citas 4 días hábiles anteriores a ellas. 

Por todo ello debe ser el facultativo, responsable de llevar la resolución de esta patología, quien aconseje o prohíba en todo caso cualquier tipo de viaje. 

Debe quedar esta autorización por escrito y dentro de la historia del usuario, por si hubiese algún contratiempo, que los términos en que se produjo el viaje estaban autorizados, y evitar así posibles complicaciones.  


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