Cómo calcular tu Finiquito por una Baja Voluntaria: Guía paso a paso

Finiquito por Baja Voluntaria
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Dejar un trabajo de forma voluntaria es una decisión difícil que seguro tendrás que sopesar y con muchos calentamientos de cabeza, como si estás haciendo lo correcto o en qué nuevo puesto te vas a incorporar. De cualquier forma hay veces que teniéndolo muy claro, siempre surge la duda de qué finiquito te corresponde, si decides tirarte al barro y plantear en tu empresa una baja voluntaria.

El saber qué cantidad de finiquito te corresponde, después de dejar tu empleo, es algo tan importante como que puede ser tu sustento, mientras encuentras uno nuevo. Al igual que saber si tienes derecho o no a percibir este finiquito después de haber dejado por voluntad propia tu puesto de trabajo.

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Diferencias entre Finiquito por baja voluntaria e Indemnización


Una de las principales consecuencias de la baja voluntaria es la pérdida de la indemnización, pero no es así con el finiquito. Tampoco se podrá pedir la prestación por desempleo, excepto en algunos casos que vemos ahora.

Finiquito

En este, quedan reflejados conceptos que ya has ganado que te quedan por percibir:

  • El sueldo, que te queda por recibir después de cobrar tu última nómina.
  • La parte proporcional de las pagas extra que no has recibido.
  • Las vacaciones que te pertenecen.
  • Las horas extraordinarias que no te han abonado.
  • Otras cuantías pactadas previamente o que vienen reflejadas en el convenio: objetivos, bonus, gratificaciones extraordinarias.

Indemnización

No es recomendable terminar una relación laboral, con la dimisión del puesto de trabajo, sobre todo por las consecuencias que esto lleva consigo. 

  • No da derecho a la prestación por desempleo.
  • No se tiene derecho a indemnización.

¿Cómo se calcula el finiquito por una baja voluntaria?


El finiquito o liquidación es un documento que se entrega al trabajador, cuando la actividad laboral ha terminado, en el que se refleja aquellas cantidades que éste tiene derecho a cobrar hasta el día del cese. 

Sea cual sea la forma en la que se da por terminada la relación laboral, ya sea por finalización de contrato o por baja voluntaria, el finiquito será el mismo.

Así, para calcular el finiquito tenemos:

  • El salario de los días desde la última nómina que cobraste. Debes averiguar cual es tu salario diario y lo multiplicas por los días que has trabajado y no has cobrado (para ello divide entre 30 el total de la nómina cobrada el último mes).
  • La parte proporcional de las pagas extraordinarias, si no las tienes prorrateadas. Esta parte se calcula como la de las vacaciones, pero tomando como referencia el tiempo transcurrido desde que se cobró la última paga extra. Hay que tener en cuenta que las extras, corresponden a seis meses cada una. También debes de saber si las tienes prorrateadas. En cuyo caso te las han ido apagando mes a mes. 
  • Las vacaciones que no has disfrutado. Ten en cuenta que por cada mes son 2,5 días. Si tienes que averiguarlo por días, divide 360 días por 30 días al año y esto lo multiplicas por el número de días que te deben de vacaciones. Así por ejemplo, si has trabajado 6 meses y medio (195 días), de los que te deben las vacaciones, la cuenta seria:
    • 360 de trabajo → 30 días de vacaciones
    • 1 día de trabajo→ X días de vacaciones
    • 0.083 días de vacaciones por día, por 195 días que has trabajado = 16,25 días de vacaciones que te deben.
  • Si has hecho horas extraordinarias y no las has cobrado.
  • Otras cuantías que las has trabajado y no las has cobrado y que vienen reflejadas en tu convenio colectivo, o en algún documento aparte.

Al final solo tienes que sumar todas estas cantidades y ese será el total de tu finiquito. Esto no tiene relación con el tipo de cese del contrato. Todos los trabajadores que cesen en su actividad laboral tienen derecho a él

¿Cómo darte de baja de forma voluntaria y cobrar el paro?


Si una persona deja de forma voluntaria su trabajo, lleva consigo la pérdida del derecho a la prestación contributiva por desempleo, paro, sin embargo, como recoge el Estatuto de los Trabajadores, en determinadas circunstancias es posible que tras dejar voluntariamente el trabajo se pueda cobrar el paro


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