La MILI: ¿Cuenta para la Jubilación anticipada?

la mili cuenta para la jubilación
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¿La mili cuenta para la jubilación?. Aunque hace muchos años ya de esto, muchos ciudadanos varones, tuvieron que hacer el servicio militar de forma obligatoria. Así también, quien se declaró objetor de conciencia y no hacía la mili, tenía que realizar una prestación social sustitutoria. A esto tenemos que sumar a las mujeres, no se quedaban fuera, ya que estas tenían que hacer el servicio social femenino obligatorio.

Mientras que realizaban estas tareas, obligatorias no podían realizar ninguna actividad laboral que les permitiese cotizar a la Seguridad Social. 

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¿Cómo afecta el servicio militar a la jubilación?


A pesar de que el servicio militar dejase de ser obligatoria en el año 2001, fueron muchos los españoles que cumplieron con este deber. Ahora podrán beneficiarse de haber hecho la mili, si pretenden jubilarse de forma anticipada (sea o no voluntaria), computando hasta un máximo de un año.

Esto es igualmente valorable para el caso de prestación social sustitutoria o servicio social femenino obligatorio si así lo necesitasen para acreditar los años en caso de jubilación anticipada.

Sin embargo, la Seguridad Social no contempla que estos, puedan computarse para el cálculo de los años cotizados, en el caso de solicitar la jubilación ordinaria.

Este año que se añade al cómputo de cotizaciones, será en base al período genérico de cotización. No contribuye a que la cuantía de la pensión aumente, ya que no aporta al aumento de las bases de cotizaciones a la Seguridad Social. Se rebaja en un año el tiempo exigido, en cada caso, para solicitar la pensión de jubilación anticipada.

Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria el trabajador debe tener, como mínimo, 35 años cotizados. Si tiene un año de mili, sólo será necesario tener cotizados 34 años. 

Tampoco cuenta la mili para mejorar el coeficiente reductor de una jubilación anticipada. Ni para mejorar el tramo de una prejubilación, la cual también cambiará en función de los años cotizados. Por lo tanto el año de mili sólo se deberá añadir en aquellos casos que sea estrictamente necesario para poder jubilarse de forma anticipada. 

¿Cómo convalidar el año de mili con mi Vida Laboral?


En primer lugar deberás pedir, a la Delegación del  Ministerio de Defensa, el documento que acredite que has hecho el Servicio Militar Obligatorio y el tiempo que duró este.

Con este documento debes dirigirte, con cita previa, a la sede de la Seguridad Social y solicitar que te incluyan ese periodo de tiempo en tu vida laboral.

Si vas a solicitar la jubilación anticipada de forma online, el sistema te pedirá de forma automática la información, sólo en el caso de que sea necesario el año de mili para acceder a la jubilación anticipada

En este caso se abrirá una ventana solicitando que cumplimentes el periodo en el que hiciste el servicio militar, según informa la Seguridad Social en su página web.

El tiempo prestado al servicio militar obligatorio debe ser documentado, para así poder solicitar a la Seguridad Social que lo añadan a la vida laboral.

Además deberás presentar la siguiente documentación:

  • Copia del DNI compulsada.
  • Copia compulsada de la cartilla militar.
  • Copia del excedente del obligatorio o de tu periodo voluntario si quieres que se te incluya. 

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