Mejoras sobre el Ingreso Mínimo Vital

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Mejoras sobre el Ingreso Mínimo Vital. El IMV es una prestación cuya aprobación se aceleró tras el estallido de la pandemia y ha llegado a casi 450.000 hogares en los que viven 1,1 millones de personas. La prestación arrancó con unas ayudas entre 461,5 euros al mes para un solo adulto hasta 1.015,3 euros para familias de al menos cinco personas, cifras que se han ido actualizando cada año.

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 En la actualidad y de acuerdo con los últimos datos disponibles, desde la puesta en marcha de la prestación el 29 de mayo de 2020, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha recibido más de 1,7 millones de solicitudes, muchas de ellas denegadas, lo que ha obligado a hacer cambios y mejoras.

Durante estos años, se han realizado diferentes modificaciones como es la entrada en vigor del nuevo complemento de ayuda para la infancia, recogido en la Ley del Ingreso Mínimo Vital, publicada en el BOE del pasado 21 de diciembre . En estos últimos días se ha puesto en marcha el Sello de Inclusión Social y el Consejo Consultivo del IMV. En el siguiente artículo vamos a detallarte toda la información mencionada anteriormente.

Ayuda para la infancia dentro del IMV

El complemento mensual de ayuda para la infancia es una de las mejoras introducidas en  la Ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV) para luchar contra la pobreza infantil.

El importe se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio, con arreglo a los siguientes tramos:

  • Menores de tres años: 100 euros.
  • Mayores de tres años y menores de seis años: 70 euros.
  • Mayores de seis años y menores de 18 años: 50 euros.

Tienen derecho a esta ayuda todas aquellas familias que tengan a su cargo menores de edad entre sus miembros, cumplan todos los requisitos necesarios para la concesión del ingreso mínimo vital y los establecidos respecto de los límites máximos sobre ingresos computables, patrimonio neto y test de activos.

Podrán recibir este complemento, sin necesidad de presentar ninguna solicitud:

  • Todas aquellas personas que ya estén percibiendo el IMV.
  • Los solicitantes de IMV que tengan el expediente en trámite.
  • Los beneficiarios de la prestación de protección familiar que cumplan los requisitos.

Puedes comprobar si tienes derecho a este nuevo complemento, utilizando el mismo simulador habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para saber si puedes percibir el IMV a través de este enlace.

Sello de Inclusión Social para las empresas

El Sello de inclusión social es un distintivo público, de la Administración General del Estado, que se le concederá a las entidades públicas empresariales, a las sociedades mercantiles públicas, a las empresas privadas, a los trabajadores por cuenta propia o autónomos, así como a las fundaciones que promuevan la inclusión al mercado laboral de las personas beneficiarias del IMV. Un incentivo para aquellas compañías que ayuden a estos colectivos a incorporarse al mercado laboral, tanto con un empleo, como a través de formación. 

Este reconocimiento se podrá solicitar y obtener bajo diferentes tipologías:

  1. Acceso a bienes y servicios.
  2. Apoyo a la infancia.
  3. Inserción sociolaboral.
  4. Digitalización.

Requisitos para conseguir el Sello de Inclusión Social

Para poder recibir este reconocimiento, las empresas tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
  • No haber sido sancionadas por la Seguridad Social.
  • Disponer de un plan de igualdad de género.
  • No causar perjuicio alguno al medio ambiente.

El Sello de Inclusión Social tendrá una vigencia de tres años desde la resolución de la concesión, transcurridos los cuales, si se quiere seguir manteniendo, se tendrá que volver a solicitar.

Consejo Consultivo del Ingreso Mínimo Vital

Por otro lado, el Gobierno ha dado luz verde también al Real Decreto por el que se regulan la organización y funciones del Consejo Consultivo del Ingreso Mínimo Vital como órgano de consulta y participación con las entidades o plataformas del Tercer Sector de Acción Social y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a nivel estatal.

Las funciones del Consejo Consultivo incluyen asesorar al Ministerio de Inclusión en la formulación de propuestas normativas y no normativas en relación con el IMV y en materia de inclusión, asesorar a la Comisión de Seguimiento, y cooperar en la implantación de estrategias de inclusión, entre otras.


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