¿Cuánto se cobrará de IMV en 2023?

IMV 2023
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El ejecutivo ha confirmado, que para el año 2023, el IMV subirá, al igual que las Pensiones, alrededor de un 8,5 %, ya que esta revalorización estará, como el anterior año, ligada al Incremento del Índice de Precios al Consumo (IPC).

La cifra exacta no se conocerá hasta después de mediados de Noviembre, cuando el IPC medio se calcule (con el dato que falta del IPC de noviembre).

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¿Qué otras prestaciones subirán junto con el Ingreso Mínimo Vital?


Además de la subida del IMV, también lo harán las prestaciones contributivas y las no contributivas. El IPREM, que es el indicador que determina cuales son las cantidades que hay en cada tipo de prestación  y en cada caso individual, subirá en un 3,6% pasando de los 579,02 euros a los 600 euros en 2023. Esto va a repercutir en que esta prestación no contributiva, el Ingreso Mínimo Vital, llegará a muchas más personas en el próximo ejercicio.

¿Se mantiene la subida del 15% que el Gobierno otorgó al IMV?


En este año 2022, el Gobierno de España aprobó en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) una subida de las cuantías garantizadas del IMV en un 3%. Pero, a pesar de ello y debido a la crisis económica el Gobierno acordó, de forma excepcional, una subida del 15 % en el Ingreso Mínimo Vital (IMV) desde abril, hasta finales de 2022, pero aún no se sabe si esta subida permanecerá en el próximo año 2023,  ya que el ejecutivo no se ha manifestado en tal sentido.

Pero sí se ha manifestado desde el Ejecutivo, la intención de que las ayudas y pensiones más desfavorecidas, como el IMV, pensión mínima y pensión no contributiva, puedan, al igual que en este año, verse favorecidas por un aumento extraordinario aunque no esté reflejado en los Presupuestos Generales del Estado.

¿Cómo quedará el IMV para las familias en 2023?


Para este próximo año 2023, el IMV, al igual que las pensiones mínimas y las no contributivas, se revalorizan en torno a un 8,5%, quedando el Ingreso Mínimo Vital de la siguiente manera:

  • Una sola persona: de 491,63e a 533,41€.
  • Si la unidad de convivencia está formada por dos personas, un adulto y un menor o dos adultos: de 639,12€ a 693,44€.
  • Para la unidad de convivencia formada por 3 personas, un adulto y dos menores, dos adultos y un menor o tres adultos: de 786,61€ a 853,47€
  • Para la unidad de convivencia formada por 4 personas, un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores o tres adultos y un menor o por cuatro adultos: de 934,10€ a 1.013,49€
  • Para una unidad de convivencia formada por 5 o más personas, un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores, o tres adultos y dos o más menores, o por cuatro adultos y un menor: de 1.081,59e a 1.181,93€.

A esto hay que sumarle el Complemento a la Infancia:

  • 100€ a menores de 3 años.
  • 70€ de 3 a 6 años.
  • 50€ de 6 a 18 años. 

Requisitos para solicitar el IMV 2023


El Ministerio de Derechos Sociales ofrece en su web, una versión muy simplificada de los requisitos, entre los que se encuentran algunos más generales que te pueden servir de orientación:

  • Tener al menos 23 años o 18 si se tienen menores a cargo y no cobrar pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente. 
  • Tener al menos un año de residencia en España. Tener formada la unidad familiar desde hace un año al menos.
  • Haber solicitado previamente las prestaciones a que se tiene derecho.
  • Estar inscritos como demandantes de empleo.
  • Estar en situación de vulnerabilidad económica. Este requisito se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el Ingreso Mínimo Vital. Es decir, por ejemplo, para un beneficiario individual, para poder solicitarlo se tendrá que cobrar menos de 523,41 euros.

Son muchas las particularidades que conforman las distintas familias por lo que los requisitos son distintos en cada individuo o en cada unidad familiar. La recopilación de estos requisitos es muy extensa por lo que te aconsejamos, dada su amplitud, comprobar en la página de la Seguridad Social tu situación particular.


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