Seguridad Social informa: La ayuda de 336€ que puedes sumar a tu Pensión

brecha de género
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Este complemento de 28 euros mensuales por hijo (336€ al año más dos pagas extras), entra en vigor en Febrero de 2021, y sigue vigente a día de hoy es el llamado complemento por brecha de género, y, trata de corregir la diferencia que existe entre la pensión media que recibe un hombre y una mujer, por lo que podrá cobrarlo tanto el padre como la madre.

¿Qué es el complemento por brecha de género?


Es un complemento extra que concede la Seguridad Social y que se revalorizara con las pensiones, asciende a la cantidad de 28€ mensuales por hijo y año (336€ al año más dos pagas extras), hasta un máximo de 4 hijos.

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Este pago está vinculado al cobro de una pensión contributiva (pensión Jubilación, de viudedad o invalidez permanente) y sólo podrá cóbralo el padre o la madre, y nunca ambos con el cumplimiento de unos requisitos. Este nuevo complemento, nos lo ofrece el Gobierno de España con el fin de reducir la brecha de género al cobrar una pensión contributiva. 

¿Quién tiene derecho a cobrar el complemento por brecha de género?


Desde el 2021 tienen derecho a este complemento por brecha de género, tanto el padre como la madre. Este cobro va unido a la pensión contributiva de jubilación, viudedad o invalidez y no, por ejemplo, en la jubilación parcial, pudiéndolo solicitar tanto la mujer como el hombre que hayan tenido uno o más hijos, o que los hijos hayan sido adoptados.

Se concede tras cumplir unos requisitos y quedan excluidos aquellos progenitores que tengan alguna condena por violencia de género, o impago de pensiones alimenticias.  

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el complemento por brecha de género?


Podrán solicitar esta ayuda, tanto el padre como la madre, que estén cobrando una pensión contributiva de jubilación, viudedad, o bien, una pensión por una incapacidad permanente.

Las personas que sólo perciban una jubilación parcial no podrán solicitar esta ayuda, al igual que las que perciban pensión no contributiva. Los requisitos deben cumplirse mientras se cobra el extra por brecha de género, y en el caso de que alguno de ellos deje de cumplirse este abono dejara de cobrarse.

En el caso de ser dos madres, o dos padres, se le adjudicara a aquella persona de la pareja que tenga menor cuantía en su pensión.

¿Cuál es la cantidad que se cobra por esta ayuda extra por brecha de género?


Esta ayuda extra por brecha de género, según indica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, asciende a 28 euros por hijo mensuales, y va incluida junto con la pensión por jubilación.  Parte de una cantidad de 28 euros mensuales por hijo, incluida junto a la pensión de jubilación, siempre que cumpla con los requisitos exigidos.

Esta cantidad que asciende a 378 euros anuales (divididos en 14 pagas), que se irá regularizando anualmente en función de la revalorización de las pensiones. Esta cantidad aumenta con el número e hijos. Con dos hijos seria de 57 euros mensuales y así, hasta un máximo de 4 hijos en cuyo caso la cantidad anual ascendería a 1.512 euros (108 euros mensuales).

En caso de recibir más de una pensión (que sean compatibles), este extra por maternidad, se sumará a aquella pensión en la que se tenga más tiempo de cotizaciones.

¿Dónde solicitar este complemento?


Se puede solicitar de varias formas:

  • Desde el portal “Tu Seguridad Social”, si se dispone de DNI electrónico, certificado digital o cl@ve
  • A través de la plataforma habilitada por el INSS, para solicitudes y trámites de las prestaciones de la Seguridad Social.
  • En las oficinas del INSS, con cita previa. Para pedirla se puede llamar al tlf: 901166565 o al 915421176.

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