Esto debes saber si le pides a tu empresa que te despida para cobrar el paro

despido para cobrar el paro
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Quizás sea demasiado habitual, o no, que un trabajador prefiera dejar su actividad laboral forzando un despido para cobrar el paro, pactando con su empresa.

La pregunta es, si estas formas atentan con la legalidad, y por lo tanto ver las consecuencias que esta actitud lleva consigo tanto si nos referimos al trabajador como si lo hacemos con la empresa.

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Intentar forzar un despido para cobrar el Paro


Es bastante usual intentar provocar que tu empresa te despida, si has decidido dejar tu trabajo, para cobrar el paro, ya que si abandonas el trabajo de forma voluntaria no tienes derecho a la prestación por desempleo.

En este caso el que incurre en una posible ilegalidad, es el trabajador ya que la empresa, tras la provocación del trabajador para forzar el despido, podría dar lugar al llamado despido o cese disciplinario, con lo que la empresa estaría actuando de acuerdo a la ley.

Despido pactado ¿Es fraude?


En este caso, llegar a un acuerdo entre empresa y trabajador, para despedir a este, sin tener que indemnizar al trabajador y que pueda cobrar el paro, puede disfrazarse como un despido disciplinario

En España existe el despido disciplinario en el que la empresa cesa al trabajador tras una infracción grave. Esto tiene que confirmarlo un juez, que será el que determine que ese despido disciplinario sea procedente, en cuyo caso la empresa no tendría que indemnizar al trabajador, aunque sí, abonar el finiquito. Este despido quedaría como que la culpa de la falta grave la ha tenido el trabajador y se le da la razón del despido a la empresa. Esta “culpa” no queda registrada en ningún sitio, con lo que no tendría consecuencias a posteriori para el trabajador. 

Según la ley, pactar un despido para cobrar el paro es un fraude, y por lo tanto es delito que además está tipificado como falta muy grave. Tiene serias consecuencias para las dos partes por falseamiento de documentos y cobro indebido de prestaciones, que podría dar lugar a un proceso penal por delito contra la Seguridad Social.

¿Cuáles son las consecuencias de pactar un despido para cobrar el Paro?


Así, con todo esto, debemos saber que la Ley de Infracciones y Orden Social tipifica y sanciona tanto al empresario como al trabajador, calificando de muy grave la infracción de los empresarios que consiste en “la connivencia con sus trabajadores o con los demás beneficiarios para la obtención de prestaciones indebidas” y, con respecto a los trabajadores califica también como muy grave la acción del trabajador de “actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las que le correspondan”.

¿Qué sanción tiene el pactar un despido para cobrar el Paro?


De cualquier forma el fraude hay que demostrarlo, y si se acredita que se ha producido un pacto en el despido para cobrar el paro tendrán consecuencias ambas partes. 

Según la Ley de Infracciones y Orden Social, para la empresa las infracciones muy graves se sancionarán con una multa económica que oscila entre 6.251€ y 187.515€. En cambio para los trabajadores, consistirá, en el caso de recibir subsidio o prestación por desempleo, en su extinción.

De modo que  el ITSS impone sanciones tanto a la empresa como al trabajador.

¿Qué organismo procede a actuar contra los autores del pacto?


El SEPE, este será el organismo que actúe por vía administrativa para restaurar las prestaciones indebidamente cobradas. Además de la multa correspondiente las empresas se podrán ver privadas de futuras subvenciones, incentivos y beneficios fiscales que puede durar hasta seis años, según el Código Penal. El trabajador puede verse privado durante un tiempo de recibir cualquier tipo de prestación o subsidio.

Ambos, trabajador y empresa podrán ser absueltos si antes de iniciar el proceso objeto de la denuncia han devuelto lo cobrado de forma indebida sumándole, claro está, los intereses. 


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