Cómo cotiza a la Seguridad Social el Subsidio para mayores de 52 años

cómo cotiza el subsidio para mayores de 52
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La cotización a la Seguridad Social suma importancia cuando se acerca la edad de jubilación. Este subsidio para mayores de 52 facilita a las personas desempleadas que su pensión no se vea tan mermada, ya que cotiza mientras se está cobrando.

El SEPE concede este subsidio para mayores de 52 años a aquellas personas que cumplen todos los requisitos para jubilarse excepto la edad. 

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¿Cómo cotiza a la Seguridad Social este subsidio para mayores de 52 años?


Como hemos comentado este subsidio cotiza para la futura pensión de jubilación, aunque no cotizará de la misma manera que cuando se trabaja o cuando se cobra el paro, ya que la base de cotización es diferente. 

El SEPE explica en su página web, que este subsidio se cotiza sobre una base del 125 % de la base mínima de cotización vigente. Actualmente esta base es de 1.166,70 euros mensuales, es decir cotizará sobre 1.458,37 euros al mes. Como es el propio SEPE quién paga a la Seguridad Social estas cotizaciones, no se descuentan del importe de la ayuda.

La duración de esta ayuda será hasta que se alcance la edad ordinaria para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.

Cuánto se cobra por el subsidio para mayores de 52 en 2023


Este subsidio para mayores de 52 años le corresponde una cantidad que equivale al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Este subsidio, en este año 2023, asciende a 480 euros mensuales, después de que el Gobierno aumentase el IPREM a 600 euros en los Presupuestos Generales del Estado. 

Las cotizaciones se mantienen mientras se esté cobrando la prestación, lo que favorece las cotizaciones de los últimos años, necesarias para calcular la cuantía de la pensión de jubilación.

Requisitos para solicitar este subsidio


Estos son los requisitos que deberán mantenerse mientras se esté percibiendo este subsidio:

  • Tener cumplidos los 52 años.
  • Estar en situación de desempleado y estar inscrito/a en la oficina de Empleo, al menos un mes antes de finalizar cualquier otra prestación que se estuviese percibiendo.
  • Que las rentas que tenga el subsidiario no superen el 75% del SMI, excluyendo las dos pagas extraordinarias, siendo en total 810 euros.  
  • Tener al menos 15 años cotizados y dos de estos deberán estar dentro de los últimos 15 años previos a la solicitud del subsidio. 

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