El SEPE Avisa: Esto es lo lo que cotizas con un Subsidio para mayores de 52

subsidio para mayores de 52
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Esta es la medida que toma el SEPE, ya que este colectivo es el más vulnerable dentro del mercado laboral ya que tiene serias dificultades, con esa edad, a encontrar un nuevo trabajo. 

¿Qué subsidios cotizan a la Seguridad Social para la jubilación?


Este subsidio por desempleo, al que tienen derecho los mayores de 52 años, junto al subsidio de personas trabajadoras fijas discontinuas, mayores de 52 años y cuyo hecho causante haya tenido lugar antes del 2 de Marzo de este año 2022, son por los que el SEPE va a cotizar para la jubilación

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Anteriormente al año 2019, el SEPE cotizaba, por el 100% de la base mínima, en aquellas perceptores del subsidio mayores de 55 años. Posteriormente a esta fecha y con la nueva normativa, se rebaja esta edad a los 52 años, mientras que se aumenta la base de cotización hasta el 125% de la base mínima vigente.

¿Cuánto se cobra por el subsidio para mayores de 52 años?


Según el SEPE, este subsidio es del 80% del IPREM. Teniendo en cuenta la subida del 2% de este año 2022 la cantidad resultante es de 463,21 euros mensuales.

Este subsidio tendrá una duración, que será la necesaria hasta llegar a la edad legal de jubilación, que este año es de 65 años y 6 meses si se tienen cotizados 37 años y dos meses. 

¿A cuánto asciende la base mínima de cotización actualmente?


Tendremos en cuenta que el SEPE, solamente cotiza por jubilación y no cotiza por otras contingencias. La base de cotización a la Seguridad Social, junto con las demás normas, se recogen dentro de:

“Orden PCM/244/2022, de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2022”.

Desde el 1 de Enero del 2022, la base mínima de cotización a la Seguridad Social llega a la cantidad de 1.166,70 euros mensuales. En este subsidio que tratamos, para mayores de 52 años, el SEPE cotiza por el 125% de dicha base, ascendiendo esta a la cantidad de 1.458,37 euros mensuales. 

En este año este subsidio  ha aumentado sus cotizaciones pasando  de que la base mínima de regulación fuese de 1.050 euros mensuales a 1.125,90 euros lo que el 125% de dicha base asciende a la cantidad de 1.407,37 euros mensuales  que será la cantidad sobre la que se cotice por jubilación, que en la práctica es la conocida como cotización por contingencias comunes, de un 28,3% de total, y en contratos laborales, repartida entre el trabajador (4,7%) y el empresario (23,6%).

Las personas que reciban el subsidio para mayores de 52 años cotizarán hasta el momento de la jubilación, que será la fecha límite para su cobro, o hasta que encuentren un trabajo por el que coticen de forma diferente.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar el Subsidio para mayores de 52 años?


Para acceder a este subsidio, evidentemente lo primero será tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los siguientes requisitos para acceder a este subsidio

  • Estar en desempleo y haber agotado la prestación por desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo al menos un mes antes de la solicitud y no haber rechazado ninguna oferta de empleo durante ese mes.
  • Cumplir con el compromiso de actividad.
  • No tener rentas superiores al 75% del SMI
  • Tener al menos seis años de cotización por desempleo y cumplir todos los requisitos para cobrar la pensión de jubilación contributiva salvo el de la edad.

A tener en cuenta que:

  • Las personas trabajadoras fijas discontinuas no podrán acceder cuando su fecha de hecho causante sea anterior al 2 de Marzo de 2022.
  • Cuando el cese del último trabajo, por cuenta ajena, haya sido voluntario.
  • Para seguir percibiendo el subsidio de mayores de 52 años, debe presentar cada año una declaración de sus rentas acompañada de la documentación que las justifique.

El SEPE explica en en su página web, la cotización por jubilación de estas personas durante cada mes se gestionará por parte del propio SEPE o la Entidad Gestora correspondiente y para calcularla se usará como base de cotización el 125% de la base mínima vigente en cada momento.


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